Mostrando entradas con la etiqueta Apertura. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Apertura. Mostrar todas las entradas

lunes, 5 de octubre de 2020

Derrota del Nacionalismo Petrolero

 

Nacionalismo Petrolero:

Veintiún años después, ¿Derrota final?

 

Carlos Mendoza Pottellá

Octubre 2020

 

A propósito de la propuesta de   Ley Constitucional Antibloqueo


 

Un largo, pero necesario preámbulo de cuatro páginas:

Hace una semana publiqué el último de los trabajos en los cuales he venido denunciado, desde julio del año pasado, las propuestas de nueva Ley Orgánica de Hidrocarburos de corte privatizador que se debaten en la Asamblea Nacional.

[aporrea.org/autores/mendoza.potella  17/07/19 al 28/09/20]

En ellos he pretendido aportar elementos para sustentar mi posición de que se trata de una nueva arremetida de las políticas de corte neoliberal que intentan convertir al país en una tierra de nadie, abierta a la incursión sin restricciones del capital petrolero internacional y en desmedro del interés público nacional.

Políticas en las cuales, tras la excusa de combatir al estatismo ineficiente, se encubre la voluntad de anular la soberanía de la Nación venezolana sobre sus recursos de hidrocarburos.

Y justamente en ese último trabajo destacaba el carácter inconstitucional de esas propuestas por violación de los artículos 151, 302 y 303 de nuestra Carta Magna, razón por la cual recomendaba a los proyectistas de esa nueva Ley, que iniciaran el proceso legal establecido para proponer una reforma de la  Constitución que la hiciera compatible con sus pretensiones, aprovechando de paso para liquidar también ese incómodo Artículo 12, a duras penas reconocido en el Anteproyecto y el cual establece el carácter de propiedad pública imprescriptible de los yacimientos mineros y de hidrocarburos.

En estos días se están cumpliendo 21 años de las deliberaciones que condujeron a la aprobación de esa Constitución. Las circunstancias actuales, que serán evidentes en lo que sigue, me llevan a hacer una referencia a mi participación personal en aquél proceso.

En esa oportunidad, me correspondió ser Asesor de la Comisión de lo Económico y Social de la Asamblea Nacional Constituyente, en la cual se discutieron los artículos correspondientes al Título VI, Del sistema Económico.

En particular, estuve presente en el debate de los Artículos del  Capítulo I, de ese Título, Del Régimen y de la función del Estado en la economía.

Las últimas sesiones de esa Comisión correspondieron a la discusión de los Artículos 302 y 303, atinentes a la actividad petrolera en general y a PDVSA en particular, respectivamente.

Acompañando directamente a los Constituyentes Gastón Parra Luzardo y Luis Vallenilla, participé en una auténtica batalla campal contra la excepción prevista al final de ese artículo, -ver texto subrayado en la transcripción siguiente- mediante la cual se hace posible que el Estado quede siendo dueño de un cascarón vacío con el nombre de PDVSA, mediante la privatización de las filiales y asociaciones que la misma constituyera.


Artículo 303. Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.

 

El debate final  de la Comisión se desarrolló en la sede del Instituto de Investigaciones Avanzadas, IDEA, en el Valle de Sartenejas, y ocupó toda una tarde y hasta el amanecer del día siguiente.

Destacados constituyentes, entre ellos el Presidente de la Comisión y un futuro Gobernador, con la evidente asesoría presencial de un grupo de abogados del escritorio jurídico Baker & McKenzie, encabezaron en esa madrugada la ofensiva final a favor de la subrayada excepción, la cual venía siendo impulsada en sesiones previas con la promoción de testimonios de directivos de la propia PDVSA, académicos y líderes empresariales del sector, quienes destacaban la inconveniencia de blindar el carácter estatal de la industria petrolera nacional.

Al ser presentado el texto y su excepción en la sesión plenaria, las reiteradas objeciones del Constituyente Parra Luzardo fueron desestimadas y su derecho de palabra fue cortado como improcedente por el Presidente de dicha Asamblea, Luis Miquelena.

A quienes fuimos derrotados en esa oportunidad nos quedó  siempre pendiente, como una responsabilidad particular, personal, la obligación de enfrentar, cada vez que pudiéramos, la materialización de lo dispuesto en esa “coletilla”, como la denominamos entonces, en el desarrollo de la política petrolera de los años siguientes.

De hecho, personalmente he planteado muchas veces, por escrito y de viva voz, la necesidad de quitarle a Petróleos de Venezuela esa inconveniente condición de Sociedad Anónima, impuesta por las concesionarias en 1975 durante el proceso de negociación del “adelanto de la reversión”, la cual atenta contra el postulado inicial del referido artículo constitucional y se convierte en una tentación para la aplicación de su “coletilla” privatizadora.

Esa posición data de mucho antes, desde 1976, cuando, junto a un amplio sector de técnicos, profesionales y académicos, acompañamos  al Dr. Juan Pablo Pérez Alfonzo en las críticas a la “nacionalización chucuta”, precisamente por la inserción,  en el Artículo 5° de la Ley de Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, de la posibilidad de que las actividades reservadas al Estado fueran ejercidas también por las empresas mixtas que se constituyeran.

También desde entonces, junto a Francisco Mieres, Gastón Parra Luzardo, Domingo Felipe Maza Zavala, Héctor Malavé Mata y una larga lista de profesores, combatimos la suscripción de los ruinosos convenios de asistencia técnica y comercialización con las antiguas concesionarias.


 [“De las Concesiones a los Contratos, Visión Retrospectiva de la política petrolera Venezolana” https://petroleovenezolano.blogspot.com/2009/12/de-las-concesiones-los-contratos-vision.html ]

 

[“Nacionalismo Petrolero Venezolano en cuatro décadas” https://www.academia.edu/41805065/Nacionalismo_petrolero_en_4_d%C3%A9cadas]

 

Es la misma posición que ha inspirado desde entonces el enfrentamiento  a la constante solicitud de una “soberanía especial” para la gerencia petrolera estatal de formación y vocación transnacional, la denuncia de sus megadisparates expansivos, de la “internacionalización” -tal vez el más ruinoso y antinacional de sus proyectos- y, sobre todo, de la apertura petrolera, la cual no ha dejado de ser propuesta como la “solución final” para la industria petrolera venezolana y es el sustrato político e ideológico del Anteproyecto que cursa hoy en la Asamblea Nacional. 

En esta oportunidad, pensaba continuar mi reláfica antiaperturista trayendo a colación la intervención de Luis Giusti, el 22 de junio de 2006 en el Comité de Relaciones Exteriores del Senado norteamericano,  en el cual se discutía la seguridad energética de los Estados Unidos.

Allí el ex Presidente de PDVSA expuso  la propuesta de constituir  en Venezuela una Agencia de Hidrocarburos autónoma, a la manera de las de Colombia y México, para garantizar la participación de los crudos venezolanos en el sustento de esa seguridad energética “hemisférica”.

Hubiera continuado el desarrollo de mis argumentos ancestrales, si no hubiera explotado bajo mis pies una bomba inesperada:

El Proyecto de Ley Constitucional Antibloqueo que acaba de ser presentado por el Presidente Nicolás Maduro ante la Asamblea Nacional Constituyente me ha quitado  todos los argumentos del nacionalismo extremista que he esgrimido en los últimos 49 años.

El Estado Nación venezolano se rinde incondicionalmente. El sitiado acepta las condiciones del sitiador sin que éste haya prometido levantar el cerco.  

Con la excusa de combatir el bloqueo norteamericano, el Poder Ejecutivo pretende asumir potestades judiciales y legislativas inconstitucionales para torcer la voluntad constituyente y “desaplicar” leyes orgánicas y especiales, imponiendo un régimen de “confidencialidad”  que establece el carácter de secreto de Estado a futuras negociaciones con el capital petrolero internacional.

Se trata de potestades soberanas que sólo corresponden al pueblo en su conjunto, al cual se debe convocar a referéndum e informar con todo detalle de la gravedad de las decisiones que se proponen, las cuales pueden comprometer negativamente el patrimonio de la Nación, vale decir, de las próximas generaciones

En efecto, el desmontaje institucional que se dispone en este Proyecto conforma los términos de una rendición incondicional de soberanía, cuyo propósito está expreso en los fundamentos del Proyecto: “captación de inversión extranjera, sobre todo a gran escala”.

Y cuando se habla a gran escala en materia petrolera, ya se sabe a  quienes  nos referimos: en tres líneas se puede hacer la lista completa de ese “sector extranjero” con capacidad de inversión a gran escala. Esos serían los principales beneficiarios de las medidas que se anuncian.

La sola mención del Artículo 303 Constitucional sugiere por donde vienen los tiros: se trata de la apertura sin  escrúpulos “estatistas” de la industria petrolera, dejando a PDVSA como el cascarón vacío que ya pronosticábamos hace 21 años.

Todo gira en torno a esa empresa, sin mencionarla: “Organización y reorganización de los entes descentralizados con fines empresariales”, vale decir, las empresas del Estado, vale decir en materia petrolera, PDVSA. El carácter vergonzante de ésta y otras menciones revela la voluntad de meter gato por liebre.

Los inconvenientes términos diseminados en su articulado ya han sido diseccionados por otros analistas, en particular, por Luis Britto García, en el texto titulado  “Proyecto de Ley Antibloqueo”, https://luisbrittogarcia.blogspot.com, a cuyos argumentos me remito y suscribo sin atenuantes.

Al respecto, destaco los enunciados de algunos de sus principales observaciones, atinentes a la inconstitucionalidad del instrumento propuesto:

 

El régimen de confidencialidad y reserva que propone el artículo 14 del Proyecto de Ley Antibloqueo podría asimismo contradecir los artículos 57, y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

 

Una simple ley no puede derogar dichas normas de rango constitucional ni transitoria ni definitivamente.

 

En lo que a mi concierne, se trata de un bozal de obligatoria aceptación,  so pena de ser sometido a un proceso como el aplicado a Julián Assange. Vuelve la hora de la clandestinidad.

Por ahora, mientras se pueda, y siguiendo con Luis Britto:

 

“Desaplicación” de normas legales.

  

Sobre el particular, indicamos que el concepto de “desaplicación” es una especie de neologismo en el campo jurídico, que parece implicar la potestad de ignorar o violar disposiciones legales e  incluso constitucionales sin necesidad de derogarlas. Tal “desaplicación” sólo generaría actos nulos, conforme al principio de legalidad de los actos de los poderes públicos, enunciado en los artículos 25, 137 y 218 de la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,

 

Al respecto, se observa que bastaría con el consenso de   los ministerios, sometidos jerárquicamente al  Ejecutivo para que se proceda a la “desaplicación” de la Ley por este último. Un solo poder, el Ejecutivo, podría así anular a voluntad las normas del Poder Legislativo, sin necesidad de pronunciamiento del Poder Judicial,  concentración de potestades que ahondaría el conflicto entre Poderes actual.

 

Por mi parte, cúmpleme destacar, desde mi perspectiva de adicto a la economía y política  petrolera, lo siguiente:

Los Artículos 23 al 25 del proyecto en cuestión constituyen todo un programa de desmantelamiento de la estructura actual de la industria petrolera nacional.

Partiendo de la necesidad de su reorganización, se otorga al Poder Ejecutivo la facultad de modificar “los mecanismos de constitución, propiedad, gestión, administración y funcionamiento de empresas públicas o mixtas…” “…se podrá elaborar o implementar operaciones de administración de pasivos, así como de administración de activos… sin perjuicio de lo establecido en el artículo 303…”.

Claro que sin perjuicio del 303, para eso tiene su coletilla privatizadora, que no había sido usada en 21 años.

En ese lapso no hubo ocasión para que se propusiera su utilización, por el contrario, existía conciencia de la necesidad de corregirla e impedir que alguien se sintiera tentado a utilizarla.

Hugo Chávez lo mencionó y propuso sin éxito en 2007, durante el proceso de reforma constitucional de ese año, según lo cita, también en referencia a este “Decreto Constitucional”,  Roberto Carlos Palacios el pasado 2 del presente mes, en su editorial “El gazapo privatizador que advertía Chávez”, en el portal revolucionomuerte.info: 

 

“(…) Fíjense, Luis Britto apunta bien aquí en algunos artículos de nuestra Constitución que deben ser reformados –no cabe duda–. El artículo 302 por ejemplo, donde el Estado se reserva la actividad petrolera, pero no así la gasífera, es una sola palabra pero las palabras son las palabras. Ahí debe estar es, la actividad de hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos, el asfalto y todo eso.

 

(…) El Artículo 303 también dice que el Estado se reserva la soberanía, por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, pero viene aquí el pero, exceptuando la de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido, o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, la privatización, pues, esto hay que cerrarlo, hay que modificarlo, ni filial, ni nada, aquí no se privatiza más nada…” (1)

 

http://revolucionomuerte.info/2020/10/02/editorial-el-gazapo-privatizador-que-advertia-chavez/

Pues bien, este conjunto de artículos sugieren, proponen y autorizan no solamente la modificación de los porcentajes accionarios en las empresas mixtas, sino también la enajenación de activos nacionales. Todo ello en condiciones y proporciones indeterminadas, protegidas por el velo del secreto de Estado establecido.

En cualquier caso, es una autorización al Ejecutivo a negociar el patrimonio petrolero nacional, eludiendo los  controles públicos, judiciales  y legislativos establecidos constitucionalmente y los cuales ameritan por la magnitud e importancia estratégica, vale decir intemporal, transgeneracional, de los activos en cuestión.

El Artículo 27 titulado de Impulso a la inversión privada otorga al ejecutivo la potestad de revertir decisiones judiciales sobre activos privados colocados bajo administración del Estado. Reconozco que esta mención puede ser catalogada como  inocentada, pues en Venezuela nunca ha existido una real división de poderes, pero no quiero dejar de hacerla.

Al respecto, comenta Luis Britto en su ya citado texto:

 

Parecería ser que se otorgan potestades absolutas para dejar sin efectos cualquier “medida administrativa o judicial restrictiva de alguno de los elementos de la propiedad”, aparentemente para devolver activos apropiados, comprados, confiscados ,expropiados o sometidos a un régimen especial o a los cuales se retiró una concesión por las autoridades venezolanas. Para ello  no sólo se “desaplican” disposiciones legislativas: también medidas o más bien sentencias judiciales.

Mención particular me merece el Artículo 31 de este Proyecto de Ley, porque allí se establece, precisamente  lo que acabo de denunciar en mi trabajo anterior [“De abril a septiembre:

Tiempo para el maquillaje inconstitucional” https://petroleovenezolano.blogspot.com/] respecto al Anteproyecto de Ley de Hidrocarburos que cursa en la Asamblea Nacional, como violatorio de la inmunidad de jurisdicción establecida en el Art. 151 de la Constitución vigente. Veamos:

El anteproyecto de Ley Orgánica de Hidrocarburos  que cursa en la Asamblea Nacional, en  el décimo considerando de su Artículo No. 19, establece lo siguiente:

 

10. Cláusulas de solución de controversias, incluyendo el arbitraje si así fuera convenido por las partes previo consentimiento expreso de las mismas, y sin perjuicio de los establecidos en los tratados aplicables;

Ahora, el Decreto Constituyente que cursa en la Asamblea Nacional Constituyente, en su Artículo 31, dispone:

 

La República y sus entes podrán acordar con sus socios e inversionistas, por el plazo establecido contractualmente, cláusulas de protección de su inversión, a los fines de generar confianza y estabilidad.

 

Siempre que se hayan agotado los recursos judiciales internos disponibles y se haya pactado previamente, la República Bolivariana de Venezuela podrá participar y hacer uso de otros mecanismos de solución de controversias.

Por enésima vez cito al manoseado Artículo 151 Constitucional:

 

En los contratos de interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República, de conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen a reclamaciones extranjeras.

 

Lo peor de todo es que este camino de complacencia con el capital petrolero internacional no garantiza nada en la lucha contra el bloqueo norteamericano.

Las proporciones que el mismo ha adquirido y la evidente complicidad de sectores políticos internos levantan muy alto las talanqueras del camino de la rendición incondicional.

Este lamentable consenso entre tirios y troyanos de negociar una reducción de los términos  de la soberanía nacional sobre sus recursos de hidrocarburos es el que me llevó a titular esta nota como “Derrota del Nacionalismo Petrolero”.

No es muy agradable  constatar que se es parte de una absoluta minoría, pero es una trinchera que he compartido desde hace cinco décadas y a mucha honra, con los colegas mencionados arriba.

Estas líneas son precisamente expresión de la voluntad de combatir desde esa incómoda posición, pese a todas las burlas del “sentido común” mayoritario... y los riesgos subyacentes ya señalados.    

 

CMP / 5 de octubre de 2020

 

 

sábado, 1 de agosto de 2020

Comedia y Tragedia de la planificación petrolera venezolana

La verdad petrolera:  

Entre la experticia y  la ignorancia

 

Carlos Mendoza Pottellá

Agosto 2020

 

En mi trabajo anterior,  Apuntes para la historia de la ignorancia petrolera en Venezuela, [1] discurrí sobre sobre lo que considero la promoción interesada de esa peculiar discapacidad… desde los propios espacios académicos donde se debían vencer las sombras.

Ejemplifiqué el proceso “modernizador” llevado a cabo en las universidades nacionales, bajo el paraguas de los criterios difundidos con el nombre de “Consenso de Washington”, [2]  con los cambios implantados en mi Escuela de Economía, la de la UCV, entre ellos la eliminación de la Cátedra de Economía y Política Petrolera y Minera, precisamente a partir de 1989, en una puesta a tono con el nuevo mundo globalizado y unipolar que surgiría desde entonces.

Sin embargo, tal exposición, motivada en mucho por mi propia participación en la lucha infructuosa que se libró entonces contra los aspectos castradores del conocimiento de la realidad nacional que tal modernización incorporaba, resultó ser, por eso mismo muy parcial.

Y ello porque omití citar incidencias similares y paradigmáticas en otras áreas del conocimiento y, en particular, en los estudios jurídicos, de los cuales se extirpó el Derecho Minero y Petrolero, para sustituirlo -en una copia al carbón del proceso simultáneo ya referido, en las Escuelas de Economía del país- por una materia general, donde se difuminaron los contenidos reglamentarios, legales y constitucionales específicamente petroleros y mineros, dentro del universo de todos los asuntos atinentes a la administración pública y privada: Derecho Administrativo III.

El fin era el miso, minimizar la importancia del conocimiento legal básico y específico de la materia petrolera, confinándolo a los espacios de futuros estudios especializados, de postgrado.

Debo traer a colación este desarrollo paralelo en materia jurídica, porque el mismo confirma que lo sucedido en las Escuelas de Economía del país no se vinculaba solamente a caprichos noveleros, de economistas hipnotizados por la potencialidad analítica y prospectiva de las nuevas técnicas cuantitativas, sino de la puesta en vigor, en el ámbito local,  de una estrategia global, de mucho mayor monta, originada en los centros generadores del pensamiento único de la nueva era globalizada.

Pero ahora, sobre todo porque éste es un campo de batalla contemporáneo, cuando el proceso de desconocimiento de nuestra tradición reglamentaria, legal y constitucional en materia de hidrocarburos se agudiza, su consideración toma ribetes de emergencia con las propuestas legislativas mediante las cuales se quiere instaurar en el país instituciones propias la “common law” -el derecho anglosajón- con la pretensión de que ello facilitará la incorporación de Venezuela y su petróleo  al nuevo mundo globalizado.

A estas circunstancias  he dedicado varios trabajos, en uno de los cuales he comparado estas pretensiones con el establecimiento de una “Nueva ley orgánica para regular el comercio de esclavos en Venezuela” [3],  propicia para aprovechar la situación de postración en la que se encuentran el país y todas sus instituciones.

Ese y no otro es el caso, para mí, de las propuestas “modernizadoras” que pretenden anular, en la práctica, a las actuales instancias públicas con pertinencia en materia de hidrocarburos, tales como el Ministerio de Energía y Petróleo, junto a la minimización de PDVSA y de la incumbencia de los poderes públicos nacionales, legislativos, judiciales  y contralores, en los negocios y contratos que se establezcan con el capital petrolero internacional de ahora en adelante, dejándolo todo al arbitrio de una omnímoda Agencia reguladora de la actividad petrolera, autónoma e independiente de esos poderes, inspirada en las instituciones privadas que desde hace 100 años hacen lo propio en los Estados Unidos.

Estos modelos han sido promovidos, desde los tiempos en los cuales emergió el referido “Consenso”, en los centros académicos difusores del pensamiento neoliberal y, recientemente como dije, se han concretado en los  proyectos de nueva legislación de hidrocarburos que cursan en la Asamblea Nacional.  

Precisamente por ello, ahora, cuando se necesita tener una mayor claridad sobre un ordenamiento legal y constitucional en materia de hidrocarburos , podemos percibir la gravedad del abandono de su estudio específico y de la fundamentación de sus principios.

Para ir a las fuentes y exponer los alcances de estas propuestas, las cuales ahora se presentan envueltas en un engañoso celofán de reconocimiento formal de las normas constitucionales vigentes, púdicamente encubiertas, pero con un decidido desconocimiento de las mismas, citaré por enésima vez a un autor que ha difundido profusamente esa receta, el Académico Ingeniero Diego González Cruz, quien expone abiertamente y sin tapujos los mecanismos y propósitos liquidadores : 


Proceder a crear el Ente Regulador de los Hidrocarburos, órgano del Estado, independiente del gobierno de turno, autónomo y autárquico, responsable de la administración, implantación y vigilancia del cumplimiento de las políticas públicas correspondientes, y regulación de las actividades; otorgar las licencias y permisos para abrir todos los negocios "aguas arriba y abajo", elaborar la estadísticas, aplicar las multas, calcular y distribuir las regalías, entre otras actividades


Será preciso que PDVSA deje de ser una operadora y convertirla en una excelente administradora de los Contratos de Producción Compartida ("Production Sharings"), en nombre de los propietarios del recurso, todos los ciudadanos.  [4]

La significación y consecuencias de esta nueva modalidad de relaciones del capital petrolero internacional fueron expuestas, sin los tapujos demagógicos con los cuales se presentan las mismas  propuestas en el ámbito legislativo, vale decir sin anestesia, por el mismo Ingeniero González Cruz en un evento organizado por la Facultad de Ingeniería de la UCV, CEDICE, la Academia Nacional de la Ingeniería y la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales, vale decir, el corazón de los técnicos y especialistas puros y duros, quienes no andan con devaneos leguleyos, ni especulaciones sobre factibilidades y perspectivas del mercado de economistas trasnochados: 

Las actividades, desde la Exploración hasta la Comercialización, no podrán ser realizadas por el Estado, por la sencilla razón que el Estado no debe ser empresario.

¡Santa Palabra! ¿Quién se atreverá a discutir esta sentencia sagrada?

Las actividades, desde la Exploración hasta la Comercialización, podrán ser realizadas bajo las figuras de las Concesiones, Contratos de Producción Compartida, Contratos de Ganancias Compartidas, “Joint Ventures”, o Contratos de Servicios, según sean los casos que decida el ERH, bajo las figuras de Concesiones, Licencias o Permisos

Los Sistemas de Regalías e Impuestos serán variables, y las Normas serán elaboradas por el ERH, siguiendo las políticas del Ministerio y las recomendaciones de la CNE.

Dejar explicito que los hidrocarburos podrán ser comercializados en todas sus formas por las empresas productoras y manufacturadoras. [5]

El resultado económico de este nuevo esquema en el futuro próximo, en 2026, que pudo haber sido logrado si esas recomendaciones de  2016 hubieran sido puestas en ejecución entonces, habría sido el siguiente:

 

 [6]

Si, tal como usted lo puede ver, apreciado lector:

En 2026, PDVSA no produciría con esfuerzo propio ni uno solo de los tres millones de barriles previstos para obtener de las actividades extractivas en el país.  

Ellos serían generados por las diferentes formas de asociación mencionadas por el Académico González Cruz, las cuales, como hemos visto, comportan un retroceso en la capacidad de control y aprovechamiento soberano de esos recursos.

Asociaciones tales que, como se contempla en los proyectos de Ley en discusión, estarán resguardadas por la santidad de contratos suscritos según las normas del arbitraje internacional y respecto a los cuales no regirá el Artículo 151 de la Constitución Nacional, el cual establece la competencia exclusiva de los tribunales de la República para conocer y resolver sobre los litigios  suscitados en contratos de interés público.

Tales son apenas ejemplos de los retos que plantea la modernidad a economistas y abogados de la República, a quienes se les ha privado, por varias generaciones, del conocimiento básico sobre la estructura y relaciones jurídicas y económicas vigentes en el país en materia petrolera, aquellas que fueron producto de una lucha centenaria en la defensa de la soberanía nacional sobre los que han sido, hasta ahora, su principal recurso natural y su principal industria. 

Reitero aquí  que las reformas universitarias que he comentado se insertaron en un proceso general de promoción de la ignorancia, al confinar una materia como la petrolera -sobre la cual deben estar vigilantes, por razones obvias, todos los ciudadanos de este país- a los reducidos espacios de los especialistas y “expertos” que producen resultados como los expuestos en los párrafos anteriores.

Debo hacer un paréntesis aquí para reparar una omisión en el  trabajo anterior: 

La convicción de que todo lo referente a la actividad petrolera en nuestro país es materia de interés público, que no puede ser confinado a cenáculos especializados,  no es nueva. Muchos analistas económicos y políticos del pasado lejano lo entendieron así y dieron verdaderas batallas de opinión pública para la difusión del tema y  de sus implicaciones para la Nación.  

Es por ello que, en ese sentido, quiero referir un evento de los tiempos en que se estaba planificando el cambio de la Escuela Primaria del régimen de 6 grados a la Escuela Básica de 9 años.

En esa oportunidad, el equipo de profesores de la Escuela de Educación de la UCV que participaba en el diseño de ese tránsito, envió a representantes suyos al Postgrado en Economía y Administración de Hidrocarburos de la UCV -coordinado entonces por su fundador- el Profesor Francisco Mieres, para solicitar su asesoría en la elaboración de los contenidos petroleros y mineros para 5º y 7º año de la Educación Básica.

El resultado de esa colaboración lo constituyeron los programas correspondientes, los cuales  fueron expuestos  y comentados con recomendaciones didácticas y bibliográficas, en un texto elaborado por la Profesora Aurora La Cueva Teruel, quien formaba parte del citado equipo de especialistas educadores.

El programa de cambio de los estudios primarios 6 a 9 años fue aprobado por el Ministerio de Educación, como consta a todos los menores de 40 años. Pero, en otro signo de los tiempos descritos, esos contenidos petroleros nunca fueron incluidos, ni previstos de manera alguna.

Pues bien, muy a propósito de reseñar los intentos de transitar un camino alternativo, también parcialmente frustrado en los tiempos que corren, acabo de citar al Postgrado en Economía y Administración de Hidrocarburos de la UCV, para dejar otro testimonio de la búsqueda de esa senda, tal como se intentó en esa instancia académica.

Ese postgrado fue establecido en 1974, bajo la rectoría del  Profesor Francisco Mieres e inspiración en la trayectoria y enseñanzas directas de Juan Pablo Pérez Alfonzo -en cuya fuente abrevó directamente, desde su inauguración y durante sus primeros cinco años de existencia.

Fue concebido como un espacio multidisciplinario, no para la formación de expertos, sino para la integración del conocimiento atinente a todos los aspectos involucrados en el desarrollo de esa industria en nuestro país.

En ese postgrado confluimos, como cursantes, profesores y conferencistas,  profesionales de todas las ramas académicas, funcionarios públicos y representantes del sector privado nacional, involucrados todos, de una u otra manera, en las actividades directas y conexas de la explotación petrolera, y en el estudio de  su impacto nacional.

De sus especialidades individuales, vienen a mi memoria: administradores, ingenieros, geólogos, químicos, economistas, contadores, abogados, internacionalistas, polítólogos, geógrafos, historiadores, educadores, sociólogos, matemáticos, estadísticos, comunicadores sociales, licenciados en letras, médicos…. lo cual puede constatarse en su archivo de cursantes durante las cuatro décadas y media transcurridas desde entonces 

Consecuentemente, el  pensum de estudios de ese postgrado fue concebido para la aprehensión y el análisis  de los fundamentos de las múltiples actividades involucradas, tanto en el proceso productivo específico, como en sus implicaciones nacionales e internacionales: Técnicas de Hidrocarburos (Tres materias con nociones básicas de los principales procesos de exploración, producción y refinación), Comercio Internacional de los Hidrocarburos,  Marco Legal de los Hidrocarburos, Economía de los Hidrocarburos, Los Hidrocarburos y la Economía Venezolana, Política Petrolera Internacional, Análisis de Estados Financieros Petroleros, Geopolítica de los Hidrocarburos, Seminarios OPEP I y II,  Métodos Cuantitativos Aplicados a los hidrocarburos, Inglés técnico, los Hidrocarburos como Insumos Industriales, Metodología de la Investigación Documental y varios Seminarios dedicados al análisis de la coyuntura en cada oportunidad.

Estas características, en medio del ambiente de desinterés académico descrito en éste y el anterior trabajo, convirtieron a este postgrado en un incordio, un generador de críticas y revelador de todas las trapacerías antinacionales que se urdían dentro y fuera de esa industria.

Desde luego que eso no era bien visto en las esferas oficiales.

Ya mencioné en el trabajo anterior la fórmula del chantaje académico, con el fin de acallar las críticas a la apertura petrolera procedentes de los postgrados de la UCV y LUZ, instrumentada por la PDVSA de esos tiempos, utilizando como anestésico moral el otorgamiento condicionado de “un campo petrolero” a cada universidad.

Ahora añado el relato de otro incidente puntual, pero revelador  del signo de aquellos tiempos: Las amenazas vociferadas por el  viceministro de Energía y Minas de finales de los 90, contra  nuestro Profesor Mazhar Al Shereidah, de aplicarle métodos parecidos a los utilizados por Saddam Hussein contra los disidentes, si continuaba refiriéndose a la desmesurada violación, por parte de Venezuela, de las cuotas OPEP.

En consonancia con esa amenaza, fue ordenada ministerialmente  su persecución policial, tal como quedó registrado en el libro “El Informe Poseidón[7],  cuyo autor es el mismo funcionario de inteligencia militar que recibió las órdenes y  se encargó del seguimiento.

Allí, de paso,  retrata muy poco favorablemente a Ministro y Viceministro de la época,  y presenta al mencionado profesor de nuestro postgrado como un peligroso terrorista internacional, del cual buscó referencias con agentes del Mossad israelí en Venezuela, según su fábula y la reseña de Amazon:


“…la saga del audaz coronel Claudio Turchetti, cuyas investigaciones pusieron al descubierto una vasta red de espionaje en la industria petrolera de Venezuela, en la era de Luis Giusti.” 

Pues bien, es con el espíritu beligerante de aquél postgrado de fines de siglo, comprometido en el  batallar contra la ignorancia vestida de estrechez especializada, que me refiero a la “experticia” petrolera con comillas. Porque, repito,  el problema no es un asunto de expertos y especialistas, en tanto que ninguna realidad social es abarcable con miradas microscópicas.

Cualquier actividad social, sea en colectividades humanas o en colmenas de abejas,  es múltiple y plena de complejidades. En el caso del petróleo, para Venezuela lo es más, por las características que adquirió en estos últimos 106 años y por el oscuro panorama que confronta hoy.

Al respecto, en agosto 1999, en medio de otro debate con muy pertinentes reminiscencias para la contemporaneidad, escribí un artículo, cuyas primeras cuartillas transcribo, porque encajan en lo que quiero decir respecto al reduccionismo  de las gríngolas especializadas:

        La “Verdad Petrolera”, un Elefante y Siete Ciegos [8]

 

Hace muchos años, aposentado en uno de esos sitios “donde toda incomodidad tiene su asiento”, disfruté de la lectura de una antología de cuentos de la India.

 

Uno de ellos, pleno de moralejas sobre la imposibilidad de captar completamente la realidad a partir de visiones parciales de la misma, se refería, precisamente, a las descripciones que siete ciegos de nacimiento hacían de un elefante frente al cual fueron colocados.

 

Un ciego, tocando la trompa, lo describía como un animal alargado, flexible, etcétera. En otras palabras, atribuía a todo el animal las características de la trompa.

 

Igual evaluación parcializada hacían cada uno de los otros seis ciegos: el que abrazaba una de las patas, el que tocaba los colmillos, las orejas, el rabo, etcétera.

 

Fueron siete descripciones precisas de cada uno de los órganos que palpaban y cada uno de los siete ciegos hacía la misma extensión de la parte al todo, negando ardorosamente la versión  de los otros seis, en medio de una discusión inconciliable.

 

Algo parecido sucede con la realidad petrolera: cada quien la interpreta de acuerdo con su particular forma de ver las cosas.

 

Pero en esta materia no se trata de ceguera de nacimiento, sino de los anteojos de la conveniencia o de las gríngolas de la ignorancia.

 

Y para muestra, un botón.

 

Los dirigentes petroleros venezolanos impusieron, desde hace más de una década y hasta el pasado mes de febrero una verdad, su verdad: las políticas de restricción de la producción para defender sus precios son una cosa del pasado; la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) ya no tiene poder sobre el mercado; el mercado está ahora en manos de los compradores, quienes lo controlan con sus inventarios, sus mercados especulativos y la coordinación de sus políticas a través de la Agencia Internacional de Energía; apoyado todo ello en el control de los canales de comercialización e instalaciones de refinación en los mercados finales, que todavía detentan las grandes corporaciones transnacionales.

 

Esa visión de la realidad, que toma aspectos parciales de la misma y los convierte en toda la realidad, no fue una “percepción parcial y equivocada”, sino una que fue especialmente diseñada para justificar las políticas expansivas y aperturistas impuestas por los sectores poderosos nacionales y, sobre todo, internacionales, beneficiarios de esas políticas y quienes influyeron en los niveles políticos y llegaron a controlar los puestos de comando de nuestra gerencia petrolera pública en los veintitrés años pasados.

 

Por enésima vez recuerdo que esas políticas condujeron al país a una de las más profundas crisis económicas de su historia contemporánea y que la reversión de esas políticas, a partir de marzo del presente año, ha dado unos resultados incontrastables, manifiestos en la duplicación de los precios del petróleo en cuatro meses (gráfico 1), los cuales desmienten toda la sedicente “verdad petrolera” sobre la inutilidad de la concertación de los productores, sembrada en el alma venezolana a través de todos los medios, masivos o no, de manipulación de la información.

 

Pero la nueva realidad es todavía muy joven para imponerse frente a los reflejos condicionados expansionistas profundamente internalizados por los venezolanos.

 

Es así como se registran hechos aparentemente inexplicables, como los que ya hemos reseñado en esta columna: declaraciones que especulan sobre la proximidad de la fecha en que terminará la política de recortes de la producción, o sobre el nivel a partir del cual se volverán a abrir las espitas de la producción a todo dar, o exageradas expresiones de preocupación sobre lo que pensarán de nosotros los consumidores que “sufren” el crecimiento de los precios.

 

Como puede inferir cualquier lector, y como todos hemos sido testigos en estos últimos 20 años, muchos de esos preceptos de la “verdad petrolera” meritocrática se mantienen intactos en el imaginario de la mayoría de los  venezolanos, y son utilizados por los planificadores petroleros contemporáneos en el diseño de metas expansivas inviables,  tal como lo testimonian la tramposa “certificación” de las “mayores reservas petroleras del mundo”, en la Faja Petrolífera del Orinoco y los innumerables proyectos de expansión de la producción, entre 2005 y 2018, donde menudearon metas entre 4 y 8 millones de barriles diarios, para alimentar las 37 refinerías proyectadas en 2010 y que estarían en operación plena en el 2030.

Como una muestra panorámica de la irresponsabilidad planificadora de nuestros dirigentes petroleros en todas las épocas, inserto un gráfico que he presentado en otras oportunidades sobre lo que he denominado “planificación de pajaritos preñados”, según la cual se fija una meta futura arbitraria y, en el más puro lenguaje del dibujo técnico, se “tira una línea” hacia el punto de origen:


 

Nueve ruinosos proyectos en los cuales se comprometieron e incineraron incalculables recursos económicos y materiales, sobre los cuales habrá que hacer algún día inventario y determinación de responsabilidades.

Tales son los resultados de una planificación unidimensional, la cual,  sólo aparentemente se fundamenta en la consideración exclusiva de parámetros físico-químicos, electro magnéticos, volumétricos, estratigráficos, geográficos y astronómicos 

Y que, también en apariencia,  deja de lado cualquier  consideración socioeconómica, histórica, jurídica, política y geopolítica, pero que en la realidad tuvieron, al menos durante los primeros 24 años de existencia de PDVSA, una profunda fundamentación ideológica, como la señalada al inicio respecto al Consenso de Washington y el recetario neoliberal, sin dejar de mencionar los negocios personales que se hicieron al calor de esos proyectos irrealizables.

Así lo he comentado antes, al recordar la consigna de Humberto Peñaloza de mediados de los años 70: “PDVSA es un empresa de ingenieros para ingenieros”.

En verdad, se trataba de algo más que de un extremismo gremialista.

Con ello se expresaba la voluntad de mantener a PDVSA como coto cerrado, a merced de una meritocracia gestada en la era concesionaria y convertida en garante del mantenimiento de los intereses y vínculos privilegiados de sus antiguos empleadores con los negocios las nuevas operadoras nacionalizadas.

Vía contratos de asistencia técnica y comercialización, protegidos, con la proclamación de su autonomía operativa, de la interferencia “política” y el  escrutinio de los poderes públicos, especialmente de la Contraloría General de la República y el Congreso Nacional. Tal como sucedió durante los 24 años referidos. 

Los fiascos subsiguientes, producidos entre 2005 y 2018, fueron generados en un marco ideológico distinto, pero siguen siendo, sin embargo,  producto de la tecnocrática estrechez de miras y de la voluntad corrupta de dirigir la “ejecución” de ingentes presupuestos  de “procura” y contratos de obras no realizadas que han derivado hacia bolsillos privados, tal como lo testimonian las denuncias y procesos judiciales que menudean en tiempos recientes.

Los reiterados proyectos de expansión registrados en el gráfico inserto se fundamentan en razonamientos insólitos por lo absurdo.

Algunos botones de muestra son pertinentes:

El proyecto de alcanzar a poseer 37 refinerías en 2030 se fundamentaba en un “análisis de entorno”, que sin más comentarios reproduzco:

 

Pero repito, para resaltar el nivel de absurdo de los razonamientos de estos planificadores de la Vicepresidencia de Planificación e Ingeniería de PDVSA:

No existen en estos momentos proyectos anunciados de construcción de nuevas refinerías… por lo tanto, hay que actuar ya!”  

Traduciendo: los halcones del capital petrolero internacional no se han dado cuenta de la oportunidad que se presenta, pero nosotros venezolanos “vivos” la aprovecharemos: 29 refinerías en el exterior y 8 en el país alimentarán los mercados  que se conquistarán…  al salirnos de la OPEP -el sueño de todo planificador venezolano expansionista- desde luego, porque sólo así podremos incorporar 4 o 5 millones de barriles diarios a un mercado estancado, de muy leve crecimiento.



La comparación de las metas fabulosas de los planificadores petroleros de cualquier signo con la realidad contemporánea, cuya génesis multifactorial ha tenido como partera de ocasión a la  ignorancia especializada, resulta lastimosa y sangrienta.

Esa realidad nos convoca a un esfuerzo nacional y colectivo, sin exclusiones, pero con una conciencia clara de dónde reside el interés nacional, para la reconstrucción del país y de nuestro legado material y espiritual a las próximas generaciones.

 

CMP/Agosto 2020



[1]  Apuntes para la historia de la ignorancia petrolera en Venezuela https://www.aporrea.org/energia/a293252.html -   https://petroleovenezolano.blogspot.com/

https://www.costadelsolfm.org/2020/07/26/carlos-mendoza-pottella-apuntes-para-la-historia-de-la-ignorancia-petrolera-en-venezuela/

[2] Al respecto se pueden encontrar múltiples referencias en la red informática, desde Wikipedia hasta fuentes universitarias.

Creo pertinente recordar aquí su definición de acuerdo a una de esas fuentes:

El concepto como tal fue acuñado por el economista británico John Williamson en un artículo publicado en 1989, donde enunciaba una serie de medidas de estabilización y ajuste de las economías respecto a las cuales determinadas instituciones con sede en Washington —mayormente el FMI y el BM, así como el gobierno y la Reserva Federal de EE.UU.— parecían tener un consenso sobre su necesidad. En términos generales, el entonces nuevo ideario apostaba por un paquete conjunto de políticas económicas como: la lucha contra el déficit público por la vía de reducción del gasto, las reformas para reducir la progresividad impositiva, la PRIVATIZACIÓN de empresas públicas, la liberalización del comercio y de los MERCADOS de capitales a nivel internacional, la minimización de las condiciones a la entrada de INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA y la desregulación de los mercados laborales internos, entre otras.” http://omal.info/spip.php?article4820

[3]    Ley Orgánica para la regulación del comercio de esclavos en Venezuela        https://www.aporrea.org/energia/a280531.html

Para ver los demás artículos referidos al tema, La oportunidad la pintan calva… para la rebatiña petrolera, El cartero siempre llama dos veces, Soberanía, delenda est…, Agencia Venezolana de Hidrocarburos Marca A.C.M.E., Venezuela petrolera en la tercera década: Cerco y aniquilación, Cambalache Petrolero: La Aquelarre privatizador de “PDVSA Ad Hoc”, Nueva Apertura de "PDVSA Ad Hoc",  Agencia para el despojo del patrimonio público,  y otros, ver los enlaces: 

https://www.aporrea.org/autores/mendoza.potella 

https://petroleovenezolano.blogspot.com/

[4] González Cruz, Diego Propuestas para Venezuela. Cómo rescatar a la industria petrolera nacional. CEDICE Libertad. Caracas 2016.  Aquí recoge propuestas de más de una década de antigüedad para entonces.

[5] González Cruz, Diego, Plan de Acción sobre Propuestas Institucionales Concretas para Rescatar y Relanzar la Industria Petrolera Nacional en el Periodo de Transición http://acading.org.ve/info/comunicacion/pubdocs/FORO_VZLA+30/PRESENTACION_DG.pdf 

[6] Gonzáles Cruz, Diego. Loc. Cit.

[7] https://www.amazon.com/-/es/Claudio-Turchetti/dp/1467502324

[8] Mendoza Pottellá, C.,  Publicado en “ABC petrolero”, Fundapatria, el 26 de agosto de 1999.  Recopilado en “Nacionalismo petrolero venezolano en cuatro décadas”  Págs. 403-406. https://www.academia.edu/41805065/Nacionalismo_petrolero_en_4_d%C3%A9cadas