Soberanía, delenda est,
(A la manera de Catón El Viejo)
Carlos Mendoza Pottellá
29 de julio de 2019
Venezuela
se encuentra en una peligrosa encrucijada. Perogrullo.
Con una
industria petrolera hundida en el foso a donde la han llevado, además de su
madurez centenaria, la ignorancia auto inflingida [1], la arrogancia fundada en los
sueños de “pajaritos preñados” inseminados desde los tiempos meritocráticos, la
ineptitud gerencial, la corrupción y los intereses y ambiciones personales, grupales
y parcializadas de los múltiples
liderazgos políticos, empresariales y mafiosos que han incidido en su desempeño
en los últimos 43 años.
Ahora, en
medio del cerco económico y político del Estado más poderoso de la Tierra,
motivado geopolíticamente por mantener el control absoluto sobre uno de los más
importantes reservorios de hidrocarburos futuros del planeta, surgen soluciones
mágicas de todo tipo.
La más
poderosa de esas recetas se nos ha administrado por décadas, en varias oportunidades, y ella no es otra
que la de plegarnos incondicionalmente a las exigencias del mundo globalizado, para
participar en el cual debemos renunciar a la soberanía nacional, esa excrecencia
feudal que algunos pretenden mantener en medio de las irrefrenables tendencias
modernas. Pulverizar nuestro mini Estado y arrimarnos a la sombra munificente
de los grandes.
Esta es
la justificación fundamental de una insistencia que pudiera etiquetarse de
caprichosa, patriotera y vanidosa, la cual he venido manifestando en mis
últimos trabajos, motivado inicialmente por la más descarada versión de esa complacencia
secular ante la “modernidad”: el reciente proyecto de Ley de Hidrocarburos
introducido para su discusión en la Asamblea Nacional.
La insistencia
en refutar ese adefesio, como lo califican mis colegas juristas, puede ser una
actitud aprovechadora, del típico vivo criollo que quiere verle “la oreja
blanca” -lo que ahora se conoce como “bulling”- a sus inocentes y desprevenidos
proponentes.
Pero,
aún deslucida, la alcurnia de esta propuesta la convierte en un poderoso
mecanismo de pesca en río revuelto. Como dice su proponente-mensajero, “entre 0
y 100 por ciento”. Traducción venezolana: “agarrando aunque sea fallo”.
Por todo
ello, y desvergonzadamente, vuelvo a referir materiales antiguos con mis
opiniones sobre la materia, para demostrar que el de ahora no es un inocente
desaguisado.
(Después de cada título
transcribo el enlace a mi blog, https://petroleovenezolano.blogspot.com, donde están los trabajos completos)
Apertura
petrolera y globalización,
trampas de la post-modernidad
trampas de la post-modernidad
Este fue el título de un
trabajo presentado por mí para su publicación en una revista arbitrada de la
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UCV, y del cual transcribo
aquí párrafos pertinentes a la discusión contemporánea.
(Extractos)
Reasumiendo las afirmaciones iniciales
en ese sentido, nuestra demostración de las mismas se ha centrado en el
análisis de la política petrolera venezolana e internacional entre 1959 y 1975
y en cómo aquél llamado “adelanto de la reversión” que se produjo en este
último año no fue más que el resultado de una composición de fuerzas nacionales
e internacionales que lograron, como siempre, convertir una consigna
nacionalista en el mejor camino para fortalecer la presencia del gran capital
transnacional en las fases más rentables del negocio petrolero venezolano.
Fue así como se produjeron durante todo
1975 y todavía bien entrado 1976, las negociaciones trascorrales que, con el
nombre de "avenimiento", dieron luz verde al adelanto de la reversión
y garantizaron a las concesionarias jugosas indemnizaciones sobre activos
largamente depreciados, contratos de asistencia técnica y comercialización
mediante los cuales se les remuneró con creces su tan reclamado, cuan
inmerecido, lucro cesante y permanencia en todos los emprendimientos de sus antiguas
filiales, ahora "operadoras" nacionalizadas.
Ya en estos contratos de asistencia
técnica y comercialización se inicia el proceso de desmontaje del aparato de
control y fiscalización estructurado por el Estado venezolano a lo largo de
décadas.
En ellos se consagró, por primera vez, la renuncia a la soberanía
impositiva, al establecer una fórmula automática para compensar todo intento de
incremento de las tasas impositivas vigentes a la firma del contrato.
Igualmente, allí, por primera vez, se renunció a la “inmunidad de
jurisdicción”, al establecer, en contravención del Artículo 127 de la
Constitución Nacional, el arbitraje internacional como medio para dirimir los
desacuerdos entre las partes contratantes.
(subrayado e
itálicas, julio 2019: cualquier parecido con el Proyecto de marras es pura
coincidencia)
…
La política petrolera venezolana debe formularse claramente
a nivel Estatal, es decir, debe ser establecida con la participación de todos
los poderes públicos. (Y no “del gobierno”, como
mienten los modernos encomenderos coloniales – Nota de Julio de 2019)
La justificación es doble: La
primera se refiere a que, cualesquiera sean los titulares de la propiedad sobre
los recursos del subsuelo y los activos de esa industria, el Estado está en la
obligación, claramente establecida en la Constitución y las leyes, de
controlar, regular y fiscalizar a una actividad productiva que se desarrolla en
su territorio. La segunda se refiere a esa condición actual que puede
revertirse en el tiempo, pero mientras exista debe ser ejercida plenamente y
sin complejos: el Estado es el propietario de los recursos y de la industria
erigida para su explotación.
LA SOBERANÍA
NACIONAL
FRENTE AL ARBITRAJE TRANSNACIONAL
FRENTE AL ARBITRAJE TRANSNACIONAL
En los contratos de
interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los
mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una
cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre
dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes
contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República,
de conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar
origen a reclamaciones extranjeras.
Artículo 151 - Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
El arbitraje internacional sobre
materias de interés público nacional, que contradice la expresa disposición
constitucional citada en el epígrafe, es una herencia de las décadas de imperio
de las políticas impuestas por el Consenso de Washington para el
establecimiento del mundo feliz de la globalización transnacional, con
aprobación entusiasta de los modernos tecnócratas venezolanos que fueron
heraldos de esas novedades. En ese tiempo, nuestro país se adhirió a los
distintos mecanismos de arreglos de disputas para la protección de la inversión
extranjera, firmó tratados bilaterales con otras naciones y aceptamos la
instancia del Banco Mundial para el arbitraje de esas disputas: el CIADI.
EL VIEJO DEBATE SOBRE LA
"PROTECCIÓN" DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA
"PROTECCIÓN" DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA
REFLEXIONES SOBRE
EL TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN ENTRE ESTADOS UNIDOS Y VENEZUELA
Caracas, junio de 1999
(Extractos)
Por medio de ese Tratado, que se quiere justificar por la
necesidad de estimular la inversión norteamericana en Venezuela, se establecen
mecanismos de deducción impositiva que significarán un gran sacrificio fiscal
para nuestro país. Así lo reconocen los
estudios de dos Comisiones del Congreso Nacional que citamos a continuación.
"Esta doble tributación es
altamente perjudicial para el flujo de capitales e inversiones entre los
países, en especial para Venezuela que está tratando de captarlas.
Para evitar esta situación es
necesario la realización de estos convenios, que si bien significan
sacrificios fiscales para nuestra República, otorgan mayor rentabilidad a las
inversiones extranjeras en nuestro país" (Comisión Permanente de
Política Exterior de la Cámara de Diputados, subrayado nuestro)
Es increíble el estilo argumental de estos diputados,
quienes parecieran no darse cuenta de lo
que están diciendo: la mayor rentabilidad de las inversiones extranjeras se
fundamenta en el sacrificio fiscal de nuestra República.
"El convenio... tiene como
propósito fundamental el flujo de capitales e inversiones entre los
países..."
"Lamentablemente, el Seniat
no dispone de información suficiente para medir el impacto que se producirá en
la recaudación fiscal venezolana cuando las empresas americanas en Venezuela
comiencen a repatriar dividendos a los Estados Unidos pagando solamente una tasa
de 5% en nuestro país. Si bien, esto puede disminuir en el corto plazo la
recaudación de este tipo de ingresos en Venezuela, la eliminación de la doble
tributación generará en el mediano y el largo plazo un incremento en el flujo
de inversiones y capitales americanos a Venezuela. Los efectos fiscales
positivos originados por un universo tributario de compañías americanas más
amplio en el mediano y el largo plazo debieran superar los efectos fiscales
negativos de corto plazo originados por una tasa impositiva más baja."
(Oficina de Asesoría Económica y Financiera del Congreso de la República",
subrayado nuestro).
Nota 2019: La
misma oferta engañosa de futuros luminosos de siempre y del “nuevo” anteproyecto
en cuestión-
De los términos del referido Tratado y de las
justificaciones anteriores se desprende que la primera consecuencia de su
aplicación será una merma impositiva incuantificable, a cambio de la cual sólo
se obtendría un futuro e hipotético
crecimiento de las inversiones norteamericanas en el país, las cuales
vendrían, precisamente, a aprovechar las grandes ventajas que ofrece Venezuela.
Los párrafos citados constituyen una paladina confesión del grado de
irresponsabilidad con el cual se está tratando una materia vital: se reconoce
la incapacidad del Seniat para
cuantificar ese sacrificio fiscal con el cual se incrementará la rentabilidad de las
inversiones norteamericanas en Venezuela, pero ese desconocimiento de las
potencialidades negativas del Tratado en referencia pareciera no ser obstáculo
para la aprobación legislativa.
......
EL CASO CITGO
La gigantesca desproporción entre las magnitudes de las
operaciones de los capitales estadounidenses en Venezuela y las de Citgo es tan
obvia, que equivale a comparar un elefante con una hormiga.
Pero la situación es mucho más grave aún: las ganancias
registradas por Citgo en Estados Unidos han surgido, en algunos años, de una
transferencia de ingresos desde PDVSA,
por la vía de los descuentos en los precios del crudo suministrado a esa filial
refinadora y vendedora de derivados en el mercado estadounidense.
Ello quiere decir que, en verdad, las pírricas ganancias de
Citgo no siempre han sido tales, como lo confirman datos obtenidos de
presentaciones de PDVSA, según las cuales, en 1993 y 1994 se otorgó descuentos a Citgo “Negocio Global”,
de 1,40 y 2,04 dólares por barril promedio anual, respectivamente. Las
“ganancias” declaradas por Citgo en 1993 fueron de 165 millones de dólares, mientras
que el descuento total, sobre un suministro de 317 mil barriles diarios, fue de
162 millones. Es decir, que casi toda la “ganancia” fue producto del descuento.
En 1994 sucede algo peor: la “ganancia” registrada fue de 185 millones de
dólares, mientras que el descuento total alcanzó a 238 millones. Es decir, toda
la “ganancia” y gran parte de la pérdida neta fue compensada, para los fines
contables, por la vía de los descuentos.
…
Sin ánimo de echar más leña al
fuego, a la luz de todo lo anterior, considérese solamente el siguiente titular
de El Nacional, el pasado sábado 3 de abril en su página D-1, refiriéndose a
los resultados de 1998: "Citgo vendió más gasolina que nunca, pero sus
ingresos cayeron 20%". La información registra además que Citgo obtuvo una
ganancia neta equivalente al 3,7% de sus activos. Que 1998 haya sido uno de los
años peores, no lo convierte en excepcional en el caso de Citgo, tal como lo
muestran las estadísticas de sus resultados en los años anteriores:
Considérese además que durante todos estos
años PDVSA ha continuado haciendo inversiones en sus refinerías, urgidas de
actualización dadas la vejez y nivel de obsolescencia con los cuales fueron
adquiridas, y realizando nuevas adquisiciones de refinerías en el exterior,
todo lo cual tiene como consecuencia que ni un centavo de esa escuálida
ganancia neta haya regresado al país.
Resulta absurdo, por decir lo menos, que se le de un
hachazo mortal a nuestros menguados recursos fiscales, recurriendo a un
expediente destinado a favorecer a las empresas norteamericanas que operan en
nuestro país, con el pretexto de obtener para Venezuela la irrisoria ventaja de
que un puñado de compañías venezolanas, que perciben minúsculas ganancias en
los Estados Unidos, obtengan beneficios fiscales marginales. Es decir, que a cambio de un descuento en el impuesto
norteamericano sobre esas mínimas ganancias de poquísimas empresas venezolanas
en los Estados Unidos, (poco más de doscientos millones de dólares en el mejor
año de Citgo, por ejemplo) Venezuela disminuirá el nivel impositivo sobre las
decenas de miles de millones de dólares que obtienen en nuestro territorio las
empresas norteamericanas. Se trata pues, de un convenio absolutamente
inequitativo.
cmp junio de 1999
Y a propósito de CITGO, otra referencia reiterada, interesada y “por no dejar”, que traigo a colación sobre lo “que el gobierno se coge”, a partir de datos de 1999 del Informe del Comisatio de PDVSA:
Citgo es el
nombre del actual residuo pírrico de ese megaplan meritocrático para eludir lo que el gobierno se coge,
"the government take" en el lenguaje corporativo internacional. Es
decir, para minimizar la participación fiscal, auténtico resultado nacional de
las actividades petroleras en el país. Así lo constataba el comisario de PDVSA
en 1999:
‘...cabe destacar que el precio de venta de crudo inferior
al precio de mercado, significa una transferencia al fisco norteamericano según
el siguiente detalle: incrementa las ganancias de Citgo en 210 millones de
dólares, con un efecto de impuesto [norteamericano, n.n.] estimado a la tasa
nominal de 71 millones de dólares y disminuye las ganancias de PDVSA en 210
millones de dólares, lo cual representa una disminución nominal de impuesto
sobre la renta venezolano de 142 millones.’
(Rafael Darío Ramírez Coronado, Informe del
Comisario de PDVSA 1999, p. 28. Caracas 2000).
Veinte años más tarde, el
debate se renueva hasta el cansancio, o el fastidio de tantos viajes al pasado
con retorno al futuro, que puedo intuir en
mis lectores por el rittornello catoniano sobre el tema, quienes podrían imprecarme a la manera de Cicerón: ¿Quousque tandem abutere, Mendoza, patientia
nostra?
Pero, insisto, en ello se nos
vá la existencia de un futuro independiente para la Nación venezolana eterna.
cmp 29 de julio de 2019
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