Carlos Mendoza Pottellá
ESPECIALMENTE DEDICADO
A LA ESCUELA DE ECONOMÍA Y
A LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES
DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
(1) Publicado inicialmente en el No. 8 de la Revista “Nueva Economía” de la Academia Nacional de Ciencias Económicas, bajo el título, bastante más moderado, de “Apertura Petrolera, Preámbulo de la Privatización”
Los criterios presentados por un grupo de venezolanos para impugnar ante la Corte Suprema de Justicia la inconstitucionalidad y las diversas ilegalidades del Acuerdo del Congreso de la República que autorizó la celebración de los “Convenios de Asociación para la Exploración a Riesgo de Nuevas Áreas...” tienen sólidas bases en las disposiciones constitucionales que obligan a los ciudadanos de este país a la defensa de la soberanía nacional , de la vigencia plena del Estado de Derecho y del propio texto constitucional. Tales criterios, esgrimidos en ambos libelos, se atienen pues al orden de lo político institucional, al ámbito de los principios mismos que rigen nuestra existencia como Nación.
En esos escritos, los actores manifestábamos nuestra perplejidad ante la circunstancia de que el Congreso de la República, custodio de la legalidad y Estado de Derecho de nuestra Nación, hubiera incurrido en inconstitucionalidades e ilegalidades flagrantes por estar obnubilado por una engañosa propaganda sobre un nuevo “boom” petrolero que nos conduciría sin esfuerzos mayores hacia el fin de todos nuestros problemas. ¡Ochenta años de la misma inútil receta del facilismo petrolero no han bastado !
Las inconstitucionalidades denunciadas entonces fueron:
a) La disposición de que “el modo de resolver las controversias en materias que no sean competencia del Comité de Control y que no puedan dirimirse por acuerdo entre las partes, será el arbitraje, el cual se realizará según las reglas de procedimiento de la Cámara Internacional de Comercio, vigentes al momento de la firma del Convenio” ; esta cláusula viola el artículo 127 de la Constitución de la República, según el cual “las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos [de interés público] y que no llegue a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes serán decididas por los Tribunales competentes de la República ...” Esta norma, denominada “inmunidad de jurisdicción” existe en nuestras Constituciones desde la 1893 (art. 149), y no ha dejado de estar en ellas desde entonces.
b) Confiar la administración y manejo de la explotación petrolera mediante Convenios entre entes privados a una sociedad anónima (PDVSA o cualquiera de sus filiales), que ni siquiera es persona de Derecho Público, despojando de esa administración y manejo al Ministerio de Energía y Minas, a quien le compete, de acuerdo con el ordinal 10° del artículo 136 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Central ; y
c) Exonerar a las empresas exploradoras y explotadoras de hidrocarburos del pago de los impuestos municipales, cuya imposición es un derecho de cada Municipio conforme al Ordinal 3° del Artículo 30 de la Constitución Nacional.
En cuanto al recurso de nulidad por diversas ilegalidades, los principales aspectos denunciados son los siguientes:
a) Violación del Artículo 5º de la Ley Orgánica que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos (en adelante LOREICH), al no tratar estos convenios sobre casos especiales, como exige dicha Ley, sino sobre casos generales, plurales e indeterminados.
b) Violación del Ordinal 5º del Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Central, al atribuir a PDVSA y a sus filiales, funciones que son de la competencia exclusiva y excluyente del Ejecutivo Nacional.
c) Violación del Artículo 5º de la LOREICH y Ordinal 5º del Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Central, al atribuirle la potestad de ejercer el control de la asociación surgida de los convenios a un comité integrado por particulares y miembros de una filial de PDVSA
d) Establecimiento de una cláusula leonina, la Sexta del Acuerdo del Congreso, lo cual brinda la posibilidad de que la República sea objeto de demandas por parte de los inversionistas que tengan pérdidas en la exploración, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo Nº 1.664 del Código Civil.
e) Violación del Artículo 4º, Ordinal 2º del Código Orgánico Tributario, al otorgar una excensión de impuestos municipales y estatales mediante un Acuerdo que no cumple los requisitos de Ley formal.
f) Violación del Artículo 41 de la Ley de Hidrocarburos, al establecer la posibilidad de que la Regalía se reduzca desde el mismo momento en que se inicia la explotación del yacimiento, cuando se considera que el yacimiento en cuestión no es comercial.
Tal es la relación esquemática de los alegatos jurídicos en los dos recursos de nulidad introducidos ante la Corte Suprema de Justicia.
En esos alegatos aparentemente formales subyace, sin embargo, la auténtica motivación, aquélla que atiende a la necesidad de una eficiente y justa disposición de los bienes de la Nación, de sus riquezas, y de manera particular, de su mayor patrimonio colectivo, constituido hasta ahora por el petróleo y la industria establecida para su explotación.
Determinar la conveniencia o no, medida con criterios económicos, a corto, mediano y largo plazo, de los Convenios autorizados por el Acuerdo del Congreso que se está impugnando constituye, en nuestra opinión, una cuestión medular en este debate; porque si tales Convenios van a ser la tabla de salvación nacional, como pretenden sus proponentes, sería factible pensar en una modificación de la Constitución y las Leyes en nombre de los intereses vitales de los seres humanos que formamos hoy y formarán en el futuro esta comunidad. Además de que precisamente así ha sido presentada la “apertura petrolera”: como la única salida que le queda al país para resolver su crisis económica. Esa es la entidad que tiene para nosotros esta discusión, y así lo asumimos al presentar los elementos de juicio en los cuales fundamentamos la inconveniencia de los términos de esta apertura.
Partiendo de las bases mismas de la propuesta aperturista, enfocaremos la atención en los atributos de áreas de Ualto riesgoU que se asignó a los lotes escogidos para dar inicio a las asociaciones bajo el esquema de “ganancias compartidas”, para así ubicarlos dentro de la categoría de los Ucasos especialesU previstos por el Artículo 5° de la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, y poder por lo tanto justificar legalmente las asociaciones con el capital privado y, de paso, “vender” políticamente las condiciones, altamente lesivas del interés nacional, bajo las cuales se postula su suscripción. En efecto, señalan los proponentes que
2 MEM-PDVSA, “Consolidación del Sector Petrolero Venezolano”, Caracas, 1994. Pág. 14, (Documento que constituye la exposición de motivos de la propuesta presentada ante el Consejo de Ministros y, luego de aprobada por éste, ante el Congreso Nacional. Subrayado nuestro)
En esos escritos, los actores manifestábamos nuestra perplejidad ante la circunstancia de que el Congreso de la República, custodio de la legalidad y Estado de Derecho de nuestra Nación, hubiera incurrido en inconstitucionalidades e ilegalidades flagrantes por estar obnubilado por una engañosa propaganda sobre un nuevo “boom” petrolero que nos conduciría sin esfuerzos mayores hacia el fin de todos nuestros problemas. ¡Ochenta años de la misma inútil receta del facilismo petrolero no han bastado !
Las inconstitucionalidades denunciadas entonces fueron:
a) La disposición de que “el modo de resolver las controversias en materias que no sean competencia del Comité de Control y que no puedan dirimirse por acuerdo entre las partes, será el arbitraje, el cual se realizará según las reglas de procedimiento de la Cámara Internacional de Comercio, vigentes al momento de la firma del Convenio” ; esta cláusula viola el artículo 127 de la Constitución de la República, según el cual “las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos [de interés público] y que no llegue a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes serán decididas por los Tribunales competentes de la República ...” Esta norma, denominada “inmunidad de jurisdicción” existe en nuestras Constituciones desde la 1893 (art. 149), y no ha dejado de estar en ellas desde entonces.
b) Confiar la administración y manejo de la explotación petrolera mediante Convenios entre entes privados a una sociedad anónima (PDVSA o cualquiera de sus filiales), que ni siquiera es persona de Derecho Público, despojando de esa administración y manejo al Ministerio de Energía y Minas, a quien le compete, de acuerdo con el ordinal 10° del artículo 136 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Central ; y
c) Exonerar a las empresas exploradoras y explotadoras de hidrocarburos del pago de los impuestos municipales, cuya imposición es un derecho de cada Municipio conforme al Ordinal 3° del Artículo 30 de la Constitución Nacional.
En cuanto al recurso de nulidad por diversas ilegalidades, los principales aspectos denunciados son los siguientes:
a) Violación del Artículo 5º de la Ley Orgánica que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos (en adelante LOREICH), al no tratar estos convenios sobre casos especiales, como exige dicha Ley, sino sobre casos generales, plurales e indeterminados.
b) Violación del Ordinal 5º del Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Central, al atribuir a PDVSA y a sus filiales, funciones que son de la competencia exclusiva y excluyente del Ejecutivo Nacional.
c) Violación del Artículo 5º de la LOREICH y Ordinal 5º del Artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Central, al atribuirle la potestad de ejercer el control de la asociación surgida de los convenios a un comité integrado por particulares y miembros de una filial de PDVSA
d) Establecimiento de una cláusula leonina, la Sexta del Acuerdo del Congreso, lo cual brinda la posibilidad de que la República sea objeto de demandas por parte de los inversionistas que tengan pérdidas en la exploración, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo Nº 1.664 del Código Civil.
e) Violación del Artículo 4º, Ordinal 2º del Código Orgánico Tributario, al otorgar una excensión de impuestos municipales y estatales mediante un Acuerdo que no cumple los requisitos de Ley formal.
f) Violación del Artículo 41 de la Ley de Hidrocarburos, al establecer la posibilidad de que la Regalía se reduzca desde el mismo momento en que se inicia la explotación del yacimiento, cuando se considera que el yacimiento en cuestión no es comercial.
Tal es la relación esquemática de los alegatos jurídicos en los dos recursos de nulidad introducidos ante la Corte Suprema de Justicia.
En esos alegatos aparentemente formales subyace, sin embargo, la auténtica motivación, aquélla que atiende a la necesidad de una eficiente y justa disposición de los bienes de la Nación, de sus riquezas, y de manera particular, de su mayor patrimonio colectivo, constituido hasta ahora por el petróleo y la industria establecida para su explotación.
Determinar la conveniencia o no, medida con criterios económicos, a corto, mediano y largo plazo, de los Convenios autorizados por el Acuerdo del Congreso que se está impugnando constituye, en nuestra opinión, una cuestión medular en este debate; porque si tales Convenios van a ser la tabla de salvación nacional, como pretenden sus proponentes, sería factible pensar en una modificación de la Constitución y las Leyes en nombre de los intereses vitales de los seres humanos que formamos hoy y formarán en el futuro esta comunidad. Además de que precisamente así ha sido presentada la “apertura petrolera”: como la única salida que le queda al país para resolver su crisis económica. Esa es la entidad que tiene para nosotros esta discusión, y así lo asumimos al presentar los elementos de juicio en los cuales fundamentamos la inconveniencia de los términos de esta apertura.
Partiendo de las bases mismas de la propuesta aperturista, enfocaremos la atención en los atributos de áreas de Ualto riesgoU que se asignó a los lotes escogidos para dar inicio a las asociaciones bajo el esquema de “ganancias compartidas”, para así ubicarlos dentro de la categoría de los Ucasos especialesU previstos por el Artículo 5° de la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, y poder por lo tanto justificar legalmente las asociaciones con el capital privado y, de paso, “vender” políticamente las condiciones, altamente lesivas del interés nacional, bajo las cuales se postula su suscripción. En efecto, señalan los proponentes que
2 MEM-PDVSA, “Consolidación del Sector Petrolero Venezolano”, Caracas, 1994. Pág. 14, (Documento que constituye la exposición de motivos de la propuesta presentada ante el Consejo de Ministros y, luego de aprobada por éste, ante el Congreso Nacional. Subrayado nuestro)
“La especialidad del caso se evidencia, de manera específica, en las circunstancias siguientes : 1. La existencia de un escenario de mercado especialmente favorable... 2. La existencia de un compás de oportunidad para el país de atraer tecnología e inversiones foráneas en condiciones competitivas... 3. ULa existencia de riesgos exploratorios en la prospección de áreas de alto costo, en circunstancias en las cuales los recursos económicos del país son necesarios para atender otros programas o planes prioritarios de carácter nacional.”
Por el contrario, y tal como estamos argumentando ante la Corte Suprema de Justicia, las excelentes condiciones prospectivas de dichas áreas no permitían, ni permiten, justificar la realización de convenios con el sector privado, según lo prevé el citado artículo 5° de la Ley de Nacionalización, sólo para casos especiales y cuando ello convenga a los intereses nacionales y, además, siempre que se garantice el control del Estado.
En verdad, los diez lotes licitados (de los cuales ocho fueron adjudicados a los consorcios licitantes) son áreas de desarrollo de las más promisorias que le quedan al país en materia de crudos medianos y livianos, y así lo confirman luego los materiales que fueron entregados, por la módica suma de 50.000 dólares por área, a las 85 compañías precalificadas. Una costosísima y valiosísima información, descrita por la propia PDVSA en las páginas 16 y 17 de su “Documento Normativo Inicial” de la siguiente manera:
En verdad, los diez lotes licitados (de los cuales ocho fueron adjudicados a los consorcios licitantes) son áreas de desarrollo de las más promisorias que le quedan al país en materia de crudos medianos y livianos, y así lo confirman luego los materiales que fueron entregados, por la módica suma de 50.000 dólares por área, a las 85 compañías precalificadas. Una costosísima y valiosísima información, descrita por la propia PDVSA en las páginas 16 y 17 de su “Documento Normativo Inicial” de la siguiente manera:
“Un paquete de información ha sido preparado para cada Area, el cual incluye toda la información disponible dentro de cada Area y alguna información fuera de ella. El tipo, cantidad y calidad de los datos variará entre las Areas; sin embargo, el contenido general para cada Area estará conformado por los siguientes aspectos:
Mapas de ubicación. Información general.
Marco geológico y reseña técnica (antecedentes, logística, infraestructura, condiciones ambientales y costos.
Registros y archivos de pozos.
Información sísmica. Todo lo disponible en el Area y dentro de los 4 Km. alrededor del Area.
Información magnética y gravimetría. Todo lo Udisponible en el Area y dentro de los 10 Km. alrededor del Area.
Otra información geológica. 3
3 MEM-PDVSA, “Venezuela Exploración y Producción en Areas Nuevas 1995. Documento Normativo Inicial” (Pág. 16)
“Adicionalmente, estará disponible un estudio geofísico y geológico global sobre Venezuela, preparado por PDVSA, por un costo de US$ 125.000”.
4 Loc. Cit. (Pág. 17)
Pero esto no fue todo, a los adjudicatarios de ocho de las diez áreas licitadas se les hizo entrega -previo el pago de escasos quinientos mil dólares- de otros paquetes, mucho más detallados, con los resultados completos de varias décadas de actividad exploratoria.
Para ilustrar en torno a la calidad de la información disponible, acumulada por el esfuerzo exploratorio de las concesionarias primero, y luego, de PDVSA misma, la cual se entregó en forma casi gratuita a los consorcios, pero que no era conocida ni por los miembros del Congreso Nacional que aprobaron los contratos correspondientes, ni por los miembros del Consejo de Ministros que originalmente aprobó las bases de este nuevo esquema de “apertura petrolera”, ni, por supuesto, por la opinión pública, citamos informaciones aparecidas con posterioridad a la ronda licitatoria:
Para ilustrar en torno a la calidad de la información disponible, acumulada por el esfuerzo exploratorio de las concesionarias primero, y luego, de PDVSA misma, la cual se entregó en forma casi gratuita a los consorcios, pero que no era conocida ni por los miembros del Congreso Nacional que aprobaron los contratos correspondientes, ni por los miembros del Consejo de Ministros que originalmente aprobó las bases de este nuevo esquema de “apertura petrolera”, ni, por supuesto, por la opinión pública, citamos informaciones aparecidas con posterioridad a la ronda licitatoria:
“Menegrande y Maraven grabaron en La Ceiba, con expectativas de reservas por 791 millones de barriles, 1.061 kilómetros de líneas sísmicas 2D (bidimensional)”.5
Ana Díaz, El Nacional, 23 de enero de 1996.
El "Comunicado de Prensa" emitido con los sellos MEM-PDVSA-CVP señalaba, además de lo recogido por la periodista, lo siguiente:
“
“
El área ha tenido cierta actividad exploratoria en los últimos 50 años. 1000 km. de sísmica 2D han sido grabados y se han perforado 10 pozos. El más reciente, La Ceiba-1X perforado en 1992, probó hidrocarburos en las arenas del Eoceno de la Formación Misoa.”
6 MEM, PDVSA, CVP, “Ronda de Exploración 1995, Conferencia de Licitación”, Caracas, 22 al 26 de enero de 1996. Comunicado de Prensa, mañana del lunes 22 de enero de 1996).
Posteriormente han aparecido confirmaciones adicionales de esa inexistencia de "riesgo exploratorio".
Es así como se constata que en ellas, no sólo hay certeza de la existencia de hidrocarburos, sino también de reservas probadas ; es decir, que se ha determinado, a partir de las pruebas de producción y el conjunto de datos que delimitan las magnitudes del yacimiento, acumulados después de una larga campaña exploratoria, "el porcentaje del petróleo originalmente en sitio que es factible extraer hoy, dadas las condiciones vigentes de costos, precios y desarrollo tecnológico."
Todo lo cual revela que ya se llegó al estadio final de la etapa exploratoria y sólo procede el inicio del desarrollo y producción de las reservas ya cuantificadas. Así lo reveló el pasado 25 de abril, Juan Szabo, Coordinador de Exploración y Producción de PDVSA, en carta al Senador Virgilio Avila Vivas, Presidente de la Comisión de Energía y Minas del Senado : “... en el caso de las áreas La Ceiba y El Golfo de Paria Este, presentan también una diferencia con el resto de los Convenios, por cuanto en ambas Áreas existen reservas probadas por actividades realizadas con anterioridad...” (subrayado nuestro).
Estas circunstancias ya son del dominio público internacional, tal como lo revela la revista “AAPG Explorer”, publicación de la Asociación Americana de Geólogos Petroleros, en su edición de agosto de 1996 dedicada de manera muy destacada a Venezuela. En ese número especial se hacen auspiciosas descripciones de las áreas concedidas y se confirman datos tales como el del pozo La Ceiba 1X “completado a una profundidad total de 21.769 pies, después de pruebas de 912 barriles diarios de petróleo por día”.
El 23 de septiembre de este año de 1966, el Vicepresidente de PDVSA, Klaus Graff anuncia que
Es así como se constata que en ellas, no sólo hay certeza de la existencia de hidrocarburos, sino también de reservas probadas ; es decir, que se ha determinado, a partir de las pruebas de producción y el conjunto de datos que delimitan las magnitudes del yacimiento, acumulados después de una larga campaña exploratoria, "el porcentaje del petróleo originalmente en sitio que es factible extraer hoy, dadas las condiciones vigentes de costos, precios y desarrollo tecnológico."
Todo lo cual revela que ya se llegó al estadio final de la etapa exploratoria y sólo procede el inicio del desarrollo y producción de las reservas ya cuantificadas. Así lo reveló el pasado 25 de abril, Juan Szabo, Coordinador de Exploración y Producción de PDVSA, en carta al Senador Virgilio Avila Vivas, Presidente de la Comisión de Energía y Minas del Senado : “... en el caso de las áreas La Ceiba y El Golfo de Paria Este, presentan también una diferencia con el resto de los Convenios, por cuanto en ambas Áreas existen reservas probadas por actividades realizadas con anterioridad...” (subrayado nuestro).
Estas circunstancias ya son del dominio público internacional, tal como lo revela la revista “AAPG Explorer”, publicación de la Asociación Americana de Geólogos Petroleros, en su edición de agosto de 1996 dedicada de manera muy destacada a Venezuela. En ese número especial se hacen auspiciosas descripciones de las áreas concedidas y se confirman datos tales como el del pozo La Ceiba 1X “completado a una profundidad total de 21.769 pies, después de pruebas de 912 barriles diarios de petróleo por día”.
El 23 de septiembre de este año de 1966, el Vicepresidente de PDVSA, Klaus Graff anuncia que
“El bloque de La Ceiba producirá 120 mil barriles diarios de crudo” ...
“-Todas las zonas escogidas que conforman los ocho bloques son muy buenas. La Ceiba , por ejemplo, es de las primeras, ya que el consorcio que ganó esta concesión dio un bono muy importante. Allí aspiramos una producción diaria de ciento veinte mil barriles diarios. También las zonas de Guarapiche y Delta Centro son sectores tradicionalmente petroleros. Sin embargo, existen fajas de mucho riesgo, algo difíciles, como San Carlos y Guanare”.
7 El Universal. Pág. 2-10, 23-09-96. Subrayado nuestro
Para quienes manejan rutinariamente estas magnitudes, las afirmaciones de Klaus Graff no son otra cosa más que una paladina confesión de la inexistencia del proclamado “alto riesgo exploratorio” en las áreas licitadas ; pero, además, tienen una significación que puede escapar al común de los mortales, y es que la cifra a la que hace referencia el Vicepresidente de PDVSA como expectativa de producción a corto plazo en Uuno soloU de los lotes licitados sólo es posible determinarla después del estudio y evaluación de una gigantesca acumulación de información. Para tener una idea más gráfica de lo que esa cifra significa basta con decir que es equivalente a la tercera parte de la producción promedio del Ecuador y a casi el 4% de la producción total actual de Venezuela, uno de los mayores productores mundiales.
¿Y qué diremos del área de Guarapiche? En ella se encuentra ubicado Guanoco, con el lago de asfalto más grande del mundo, en donde se perforó y probó, en 1913, el primer pozo petrolero venezolano descubridor de petróleo, el Bababuy N° 1, y en cuyos límites dos de las empresas del consorcio licitante triunfador para ese lote, British Petroleum y Maxus, han venido operando desde hace varios años los impropia e intencionadamente llamados "campos marginales" de Pedernales y Quiriquire, los cuales contienen reservas superiores a 1.000 millones de barriles de crudos medianos y livianos. Pero, más importante aún: muy cerca de esa área las operadoras de PDVSA han hecho los grandes descubrimientos de Muzipán y El Furrial, áreas de las cuales Guarapiche puede ser una proyección, tal y como lo informara la prensa de esos días:
¿Y qué diremos del área de Guarapiche? En ella se encuentra ubicado Guanoco, con el lago de asfalto más grande del mundo, en donde se perforó y probó, en 1913, el primer pozo petrolero venezolano descubridor de petróleo, el Bababuy N° 1, y en cuyos límites dos de las empresas del consorcio licitante triunfador para ese lote, British Petroleum y Maxus, han venido operando desde hace varios años los impropia e intencionadamente llamados "campos marginales" de Pedernales y Quiriquire, los cuales contienen reservas superiores a 1.000 millones de barriles de crudos medianos y livianos. Pero, más importante aún: muy cerca de esa área las operadoras de PDVSA han hecho los grandes descubrimientos de Muzipán y El Furrial, áreas de las cuales Guarapiche puede ser una proyección, tal y como lo informara la prensa de esos días:
"El consorcio British Petroleum, Amoco y Maxus ganó ayer el área Guarapiche (Lagoven) considerada la más promisoria del programa de licitación petrolera al ofertar un bono especial de 109 millones de dólares. ... el área ganada puede ser, geológicamente, una proyección de El Furrial, el último campo gigante detectado en Venezuela y del cual se encuentra bastante próximo".
8 Economía Hoy, 25 de enero de 1996. Primera plana. Subrayado nuestro. (En El Furrial se acaban de completar, muy recientemente, dos pozos, cuya pruebas de producción registraron niveles de 14.000 y 8.000 barriles diarios, respectivamente)
"A esta área de Guarapiche los expertos de Pdvsa les estiman 'conservadoramente' no menos de 1.000 millones de barriles”. F
9 C. R. Chávez, El Universal, 25 de enero de 1996. pág. 2-11.
Pero la demostración de la inexistencia de “alto riesgo exploratorio” puede encontrarse aún en las áreas menos prospectivas. Las explicaciones dadas por el Presidente de CVP, Juan Szabo, sobre por qué quedaron desiertas las áreas de El Sombrero y Catatumbo, son reveladoras del nivel de información manejado por los aspirantes en todas las áreas:
“En el caso de El Sombrero se ha dicho que tiene tendencia a contener más gas que hidrocarburo líquido, lo cual hizo que no fuera del interés de las empresas. Entretanto, en Catatumbo, la cual consideramos que era un área no muy interesante, probablemente el hecho de que sea muy profunda y poco conocida geológicamente, haya influido notablemente en el interés”
10 José Enrique Arrioja, Economía Hoy, pág. 5, 30 de enero de 1996, “Con dos áreas desiertas Pdvsa cierra licitación petrolera”. Subrayado nuestro
Es válido inferir, entonces, Uque las ocho áreas que sí fueron requeridasU en esa licitación son Umuy conocidas geológicamenteU; en un nivel de conocimiento tal, que va mucho más allá del saber en qué proporciones existen el gas y los hidrocarburos líquidos, como se evidencia que es el caso de la tendencia establecida en la rechazada área de El Sombrero.
Pero la ratificación definitiva -desde el punto de vista documental y a los fines del litigio en cuestión- sobre la inexistencia de “altos riesgos”, la aporta la propia Comisión Bicameral de Energía y Minas del Congreso de la República, cuando en su informe “Convenios de asociación para la exploración a riesgo de nuevas áreas y la producción de hidrocarburos bajo el esquema de ganancias compartidas”, remitido a la Presidencia del Congreso el 21 de junio de 1995, fundamenta Ula especialidad del caso,U curiosamente, en los mismos argumentos nuestros para negar esa especialidad:
Pero la ratificación definitiva -desde el punto de vista documental y a los fines del litigio en cuestión- sobre la inexistencia de “altos riesgos”, la aporta la propia Comisión Bicameral de Energía y Minas del Congreso de la República, cuando en su informe “Convenios de asociación para la exploración a riesgo de nuevas áreas y la producción de hidrocarburos bajo el esquema de ganancias compartidas”, remitido a la Presidencia del Congreso el 21 de junio de 1995, fundamenta Ula especialidad del caso,U curiosamente, en los mismos argumentos nuestros para negar esa especialidad:
“La posibilidad de encontrar nuevas reservas, en el orden de 40 mil millones de barriles de petróleo liviano y mediano. Según ha indicado PDVSA, esta oportunidad ha surgido de estudios geológicos realizados recientemente en áreas no exploradas y a profundidades a las cuales no había sido posible llegar por las tecnologías disponibles en el pasado”.
11 Doc. Cit., Pág. 6. (Subrayado nuestro).
Puede pues concluirse, en este aspecto, que no existe especialidad en cuanto al nivel de riesgo. Por el contrario, se trata de una gratuita dejación de los auspiciosos resultados de años de exploración, una muy costosa actividad, cuya recuperación y generación de rendimientos económicos ya no será aprovechada por el único accionista, el Estado venezolano, que adelantó esos auténticos capitales de riesgo, sino que son prácticamente echados a fondo perdido al entregar concesiones disfrazadas de convenios de asociación, por 39 años, al mismo capital extranjero que antes sometió a depredación a los antiguos recursos petroleros del país.
Otro de los ejes centrales de la denominada “apertura” es el esquema de ganancias compartidas. A nuestro entender, y como trataremos de sustentar seguidamente, ese sistema es ampliamente inconveniente para los intereses nacionales y comporta un ilegal e inconstitucional otorgamiento de concesiones, con el agravante de hacerlo en peores condiciones que las prevalecientes hasta el 31 de diciembre de 1975.
De manera específica, al analizar las cláusulas económicas del mencionado esquema, tal y como ellas fueron aprobadas por el Congreso Nacional para cada uno de los 8 lotes entregados a las transnacionales, se puede observar que la mayor proporción de participación del Estado en el ingreso petrolero se obtiene, teóricamente, a partir de los pagos de Impuesto de Explotación (Regalía) y la Participación del Estado en las Ganancias (en adelante PEG), disminuyendo la significación del Impuesto Sobre la Renta, el cual llegaría a niveles marginales, dentro de un escenario de altos costos. (Justamente para prevenir esto existía el eliminado Valor Fiscal de Exportación)
En cuanto al PEG, el mismo va a aplicarse, de acuerdo a las proporciones contratadas en cada lote, al saldo entre el ingreso bruto y los costos más la regalía. Esas proporciones alcanzan un máximo de 50% en los lotes La Ceiba, Guarapiche, Golfo de Paria Oeste, Guanare y Punta Pescador, 41% en Delta Centro, 40% en San Carlos y un mínimo de 29% en Golfo de Paria Este.
El rendimiento porcentual de este instrumento respecto al ingreso bruto en ventas podría escenificarse de la siguiente manera: con unos costos moderados, parecidos a los declarados por PDVSA para fines fiscales, del orden de 50% del ingreso bruto y con la tasa PEG máxima de 50%, sería de un 17,84%. Pero si consideramos un escenario de costos superiores, supongamos de un 70%, y una tasa PEG del 29% (Golfo de Paria Este), ese rendimiento se limitaría a 4,54% del referido ingreso bruto.
Esta alternativa de costos -70%- y aún otras de mayores de niveles en ese rubro, son mucho más factibles que la primera referida a los costos históricos de PDVSA, por tratarse de nuevas inversiones y por haberse acordado en los convenios en referencia un sistema de depreciación acelerada y de reconocimiento de gastos de exploración cargados a la producción inicial. De tal manera que, de arrancada, el monto de PEG percibido por el Fisco Nacional podría caer por debajo de un 4% del ingreso bruto y minimizarse, tendiendo, sin exageraciones, a cero, durante los primeros años de operación del sistema.
En realidad, el verdadero sentido del esquema de Participación del Estado en las Ganancias (PEG) estriba en que con una combinación de cláusulas y disposiciones económicas de diversa índole, puede lograrse la UminimizaciónU de esa participación. Dos instrumentos muy importantes para este cometido lo constituyen los convenios que se suscriben entre el MEM y PDVSA para determinar niveles diferenciales en el Impuesto de Explotación (Regalía).
El primero de ellos, de tradicional aunque no menos irregular aplicación, es el convenio para la determinación de un "factor fiscal para el cálculo del valor mercantil de la producción a los fines de liquidar la Regalía". Por virtud de este factor, para reconocer costos de recolección y transporte, la regalía no se calcula directamente sobre la base tradicional del 16 2/3% del precio de realización en boca de pozo, tal como establece la Ley de Hidrocarburos vigente, sino que, previamente, a este precio se le aplica una ponderación inferior a la unidad, la cual, para 1994, se determinó en promedio como 0,86079. Con este mecanismo, el impuesto de explotación o regalía para ese año fue en realidad de 14,34%, y no 16,67%.
En lo que se refiere específicamente a las ocho áreas otorgadas bajo el esquema de “ganancias compartidas”, existen solicitudes, hechas por PDVSA al MEM, de reducción del ya mencionado factor fiscal aplicable a la regalía que se genere en dichas áreas, para llevarlo hasta niveles de 0,763 -en el caso de los lotes orientales- y, el segundo de los instrumentos referidos, una fórmula de ajuste del mismo impuesto de explotación en los desarrollos de baja rentabilidad.
Otro de los ejes centrales de la denominada “apertura” es el esquema de ganancias compartidas. A nuestro entender, y como trataremos de sustentar seguidamente, ese sistema es ampliamente inconveniente para los intereses nacionales y comporta un ilegal e inconstitucional otorgamiento de concesiones, con el agravante de hacerlo en peores condiciones que las prevalecientes hasta el 31 de diciembre de 1975.
De manera específica, al analizar las cláusulas económicas del mencionado esquema, tal y como ellas fueron aprobadas por el Congreso Nacional para cada uno de los 8 lotes entregados a las transnacionales, se puede observar que la mayor proporción de participación del Estado en el ingreso petrolero se obtiene, teóricamente, a partir de los pagos de Impuesto de Explotación (Regalía) y la Participación del Estado en las Ganancias (en adelante PEG), disminuyendo la significación del Impuesto Sobre la Renta, el cual llegaría a niveles marginales, dentro de un escenario de altos costos. (Justamente para prevenir esto existía el eliminado Valor Fiscal de Exportación)
En cuanto al PEG, el mismo va a aplicarse, de acuerdo a las proporciones contratadas en cada lote, al saldo entre el ingreso bruto y los costos más la regalía. Esas proporciones alcanzan un máximo de 50% en los lotes La Ceiba, Guarapiche, Golfo de Paria Oeste, Guanare y Punta Pescador, 41% en Delta Centro, 40% en San Carlos y un mínimo de 29% en Golfo de Paria Este.
El rendimiento porcentual de este instrumento respecto al ingreso bruto en ventas podría escenificarse de la siguiente manera: con unos costos moderados, parecidos a los declarados por PDVSA para fines fiscales, del orden de 50% del ingreso bruto y con la tasa PEG máxima de 50%, sería de un 17,84%. Pero si consideramos un escenario de costos superiores, supongamos de un 70%, y una tasa PEG del 29% (Golfo de Paria Este), ese rendimiento se limitaría a 4,54% del referido ingreso bruto.
Esta alternativa de costos -70%- y aún otras de mayores de niveles en ese rubro, son mucho más factibles que la primera referida a los costos históricos de PDVSA, por tratarse de nuevas inversiones y por haberse acordado en los convenios en referencia un sistema de depreciación acelerada y de reconocimiento de gastos de exploración cargados a la producción inicial. De tal manera que, de arrancada, el monto de PEG percibido por el Fisco Nacional podría caer por debajo de un 4% del ingreso bruto y minimizarse, tendiendo, sin exageraciones, a cero, durante los primeros años de operación del sistema.
En realidad, el verdadero sentido del esquema de Participación del Estado en las Ganancias (PEG) estriba en que con una combinación de cláusulas y disposiciones económicas de diversa índole, puede lograrse la UminimizaciónU de esa participación. Dos instrumentos muy importantes para este cometido lo constituyen los convenios que se suscriben entre el MEM y PDVSA para determinar niveles diferenciales en el Impuesto de Explotación (Regalía).
El primero de ellos, de tradicional aunque no menos irregular aplicación, es el convenio para la determinación de un "factor fiscal para el cálculo del valor mercantil de la producción a los fines de liquidar la Regalía". Por virtud de este factor, para reconocer costos de recolección y transporte, la regalía no se calcula directamente sobre la base tradicional del 16 2/3% del precio de realización en boca de pozo, tal como establece la Ley de Hidrocarburos vigente, sino que, previamente, a este precio se le aplica una ponderación inferior a la unidad, la cual, para 1994, se determinó en promedio como 0,86079. Con este mecanismo, el impuesto de explotación o regalía para ese año fue en realidad de 14,34%, y no 16,67%.
En lo que se refiere específicamente a las ocho áreas otorgadas bajo el esquema de “ganancias compartidas”, existen solicitudes, hechas por PDVSA al MEM, de reducción del ya mencionado factor fiscal aplicable a la regalía que se genere en dichas áreas, para llevarlo hasta niveles de 0,763 -en el caso de los lotes orientales- y, el segundo de los instrumentos referidos, una fórmula de ajuste del mismo impuesto de explotación en los desarrollos de baja rentabilidad.
12 PDVSA, Convenios de Asociación Exploración / Producción Areas Nuevas, Regalía, "Determinación de un Factor Fiscal por Area para el cálculo del Valor Mercantil" , -Propuesta para suscribir un convenio con el MEM- y "Consideración de la Fórmula de Ajuste para desarrollos de baja rentabilidad", -Solicitud de aprobación del MEM para su inclusión en los Convenios).
En cuanto a la primera de estas dos solicitudes, debemos remitirnos a la revisión de los sitios donde se encuentran los lotes que se entregarán a las compañías extranjeras, para verificar que los mismos se encuentran muy cerca, tal vez a mayor profundidad, pero en todo caso UdebajoU de las estructuras de almacenamiento y transporte de crudo y productos existente en el país. Sin embargo, a pesar de esta evidencia, con el instrumento del “factor fiscal” inferior a la unidad para la ponderación de la regalía se establece un sistema excepcional de ajuste variable de este impuesto para “reconocer costos de recolección de los crudos producidos”.
Dicho factor fiscal se establece de acuerdo a inexplicables criterios diferenciales por zona geográfica, cuyas magnitudes parecen indicar que el petróleo venezolano sale por los puertos del centro del país, tal como lo reflejan los factores fiscales aplicables a la tasa de Regalía, los cuales serán de 0,793 para la Zona de Occidente, de 0,852 para la Zona Centro-Occidente y de 0,763 en la Zona Oriente.
Como resultado de la ponderación por esos “factores fiscales”, se produciría una reducción de la tasa de regalía aplicable a las producciones de petróleo crudo extraído de las mencionadas áreas, desde el 16 2/3% establecido por la Ley de Hidrocarburos vigente hasta el 13,22% para el Área La Ceiba, el 14,20% para las Áreas de Guanare y San Carlos y el 12,72% para las Áreas Punta Pescador, Golfo de Paria Este, Golfo de Paria Oeste, Guarapiche y Delta Centro. Esto representa, en el caso de estas Areas orientales, una reducción de la regalía del orden del 23,7% respecto al 16,67% legal.
Pues bien, el caso es que, ni aunque se encontraran en el corazón del Amazonas incurrirían en costos de transporte que justificaran una reducción de la regalía de semejantes proporciones, las cuales, al precio de realización promedio de los crudos venezolanos en lo que ha transcurrido de 1996, (17,5 dólares por barril) comportarían un sacrificio fiscal unitario de 2,23 dólares por barril de crudo. Y ello es así, en primer lugar, porque el transporte de crudo y productos no se hace en camiones cisternas, ni embotellado, sino que se usa el sistema de bombas y oleoductos, que no tiene nada que ver con condiciones del terreno distintas a las de sus pendientes, las cuales son mínimas en Venezuela, porque tanto los campos de producción, como los puertos y las refinerías se encuentran dentro de los límites de la mismas cuencas sedimentarias que contienen al petróleo. En otras palabras, desde Anaco, San Tomé, El Furrial o Guarapiche, Punta Pescador, etc. hasta Guaraguao, (el principal puerto de embarque oriental), hasta Caripito (que puede volver a ser un puerto petrolero importante) o hasta la refinería de Puerto la Cruz; desde Guanare y San Carlos hasta El Palito, Morón y Puerto Cabello; desde el campo de La Ceiba hasta el puerto de la Ceiba y desde Bachaquero, Catatumbo o Lagunillas hasta Puerto Miranda, Amuay o Cardón, no hay que atravesar cadenas montañosas ni salvar grandes elevaciones.
Pero, en segundo lugar, y por encima de todo, en ese “factor fiscal” se materializa una Ucontinuada ilegalidadU que ha venido siendo ensayada por convenios entre el MEM y PDVSA en los últimos años, por cuanto la Ley de Hidrocarburos vigente establece que el Impuesto de Explotación debe ser liquidado Uen boca de pozoU y sobre el mismo no cabe tal nivel de deducción o rebaja. Reconocer costos de recolección de las magnitudes que resultan de la aplicación de este “factor fiscal” equivale a liquidar la regalía en los patios de almacenamiento de las refinerías o en los del puerto de embarque. Si se sigue por este camino, en las magnitudes previstas para los convenios “de apertura”, se estaría financiando parcialmente el flete marítimo de tales crudos hasta los puertos de los países consumidores...
Respecto al segundo de los instrumentos mencionados, consideramos que hablar de desarrollos de baja rentabilidad es prácticamente tentar al demonio, porque si alguna habilidad demostraron las concesionarias extranjeras durante siete décadas en Venezuela, fue esa de hacer aparecer como ínfimas sus descomunales ganancias.
Pues bien, según ese instrumento, que ha sido incluido expresamente en cada uno de los 8 convenios de asociación, se establece un régimen especial que permite ajustar la tasa de la Regalía en función de la variación de la rentabilidad de aquellos proyectos que tienen una baja rentabilidad, medida ésta según la Tasa Interna de Retorno (TIR) del plan de desarrollo aprobado por el Comité de Control para la declaración de comercialidad e incluido en la Memoria descriptiva de deberá aprobar el Ministerio de Energía y Minas. Según los términos de ese régimen especial, establecido mediante Convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y la filial designada por PDVSA para la suscripción de estos convenios de asociación, la Corporación Venezolana del Petróleo S.A., la tasa de Regalía será de 1% para proyectos cuya Tasa Interna de Retorno sea menor de 12%, de 16,67% para proyectos cuya TIR sea mayor o igual al 20% y variará entre el 1% y el 16,67% para proyectos cuya TIR se encuentre entre 12% y 20%.
Aplicando ese sistema, es dable predecir, con un gran nivel de certeza, que la regalía quedará reducida a un 1% durante por lo menos los 10 años posteriores al inicio de actividades de producción en las “nuevas áreas”; lapso en el cual las “asociadas” harán efectivo su derecho a una depreciación acelerada de sus activos y a imputar, a cada barril producido, una pesada alícuota para la recuperación de sus costos exploratorios. Pero aún más, conocidas las referidas habilidades de las corporaciones extranjeras de mimetizar ingresos y magnificar costos y teniendo en cuenta la inexistencia de un efectivo control fiscal, este instrumento servirá para extender esa merma de la participación nacional por muchos años más, repitiendo, en peores circunstancias, la experiencia de elusión fiscal de las antiguas concesionarias de hidrocarburos, cuyos detalles históricos han sido ampliamente referidos en la bibliografía de autores venezolanos de la talla de Gumersindo Torres, Rómulo Betancourt, Salvador de la Plaza y Juan Pablo Pérez Alfonzo.
Es en este punto donde se encuentra la mayor evidencia de la inconveniencia del referido esquema: Desmontado completamente, como ha sido el sistema de control y participación fiscal que se estableció trabajosamente en el país a partir de 1920, volveremos a la época en que las concesionarias se despachaban a placer. Ese desmontaje, que se inició también tempranamente, con el planteamiento de permanentes conflictos de competencia entre PDVSA y el Ministerio de Energía y Minas, llegó a momentos culminantes con la salida de varios centenares de funcionarios profesionales y técnicos de ese Ministerio, -de manera acentuada durante la gestión ministerial de Humberto Calderón Berti- con lo cual se liquidó de hecho la capacidad fiscalizadora de ese despacho y, absurdamente, se transfirieron a PDVSA muchas de sus anteriores funciones de control. El control deja de ser tal en esta circunstancia, pues nadie puede ser ejecutor y contralor simultáneamente.
La evidencia de que la capacidad fiscalizadora del MEM ha desaparecido -y es eludida muy eficientemente por PDVSA y lo será, sin duda mejor aún, por sus maestros en la materia, los consorcios petroleros internacionales- se encuentra en las propias estadísticas oficiales, según las cuales, a partir de 1990 se ha producido una explosión de costos que va mucho más allá de los incrementos naturales derivados de la declinación de los yacimientos y que ha determinado que, por ejemplo, en el año 1995 se alcanzaran las Ucifras máximas de producción y mínimas de participación fiscal de los últimos 20 añosU.
A propósito, es oportuno hacer mención de una situación sumamente grave e inusitada en nuestra economía petrolera que se derivaría de estas nuevas concesiones y asociaciones: en el vigente Plan de Negocios de PDVSA, se prevé que, de la producción petrolera, estimada en 6 millones de barriles por día para el año 2005, una tercera parte (1 millón 900 mil barriles por día) corresponderá al “esfuerzo con terceros”, o sea, con las empresas multinacionales petroleras. Mientras tanto, PDVSA se reserva las áreas convencionales en proceso de agotamiento y los crudos extrapesados de difícil y costoso desarrollo, a la par que concede las que comprobadamente constituyen las más promisorias zonas prospectivas y de menor esfuerzo de desarrollo, tal como lo revelan sus propias expectativas de producir en dichas zonas casi 2 millones de barriles diarios dentro de 10 años.
Para tener una idea de las proporciones implícitas en esta cifra producción, cuya magnitud equivale a la producción anual promedio de Venezuela durante el lapso comprendido entre los años 1978 y 1991, considérese que, en su conjunto, las áreas 10 licitadas ocupan una superficie total de 17.955 km2, o sea 137 km2 más que el prolífico Emirato de Kuwait. Nada más y nada menos, tales son las expectativas que generan los datos que maneja PDVSA y ahora comparten sus nuevos socios: en esas áreas -y concretamente, en las ocho adjudicadas, que ocupan solamente 13.766 km2- se encontraría... ¡un nuevo Kuwait!
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Hasta ahora nos hemos referido a la inconveniencia económica de lo que, a nuestro entender, es apenas una incidencia en el continuo desarrollo de una estrategia a largo plazo. En este aparte pretendemos precisar esa percepción de la llamada “apertura petrolera” como el capítulo contemporáneo de una política que ha tenido siempre el mismo signo: la expropiación del patrimonio colectivo en beneficio del gran capital transnacional y de las élites aprovechadoras criollas, cuya punta de lanza la constituyen hoy, y desde hace 20 años, las cúpulas gerenciales de mentalidad privatista enquistadas en los puestos de comando de la empresa estatal.
13 A este respecto remitimos al lector a un trabajo anterior, en el cual dejamos expuesta ésta y otras concepciones que aquí estamos reiterando : “Apertura Petrolera : Nombre de Estreno para un viejo proyecto antinacional” en Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, Vol. 2, N° 2-3 (abr-sept), p. 225-254.
En los últimos eventos de esa política hubo todo un proceso previo de preparación y hasta un ensayo general. En cada escaramuza por la “internacionalización”, la orimulsión, el Cristóbal Colón, el mejoramiento de crudos extrapesados y los campos marginales, se quedaron pedazos de soberanía, de capacidad de control y fiscalización, jurisdicción de las leyes y tribunales nacionales, y, como se constata en las cifras oficiales, de integridad de la participación fiscal. Todo ello, en nombre del mantenimiento de la autonomía operativa y financiera de PDVSA y sus filiales, pero con los propósitos reales abiertamente planteados por su Presidente: expansión del negocio y “estímulo” a la participación del capital extranjero.
De esta manera es que llegamos "preparados" para negociar con nuestros antiguos y renovados socios extranjeros: con un viejo cuerpo legal, reglamentario y de control desmantelado, pero con un instrumento completamente nuevo y aceitado para el regreso transnacional..
Es así, pues, como PDVSA ha devenido en la antítesis de lo que debería ser : la empresa del Estado para la administración eficiente de los recursos públicos de hidrocarburos se transforma en facilitadora de oportunidades de negocios privados : promoviendo paulatinas modificaciones legales o propiciando transgresiones, multiplicando proyectos de limitada o nula rentabilidad fiscal, impulsando múltiples formas de participación privada, desde la internacionalización, la contratación de servicios y el “outsourcing” de ciertas funciones considerada no medulares, hasta los diversos niveles de “asociaciones estratégicas” que desembocan en el presente otorgamiento subrepticio de concesiones, paso previo a la “democratización del capital” mediante la colocación de bonos y la venta en forma de acciones de PDVSA y sus filiales.
"La apertura petrolera deberá apuntar hacia una política de privatización de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y sus empresas filiales, aseguró ayer el presidente del holding estatal, Luis Giusti.
'Debemos diseñar una política más agresiva para la apertura de Pdvsa y las empresas filiales al sector privado' dijo el máximo representante de la petrolera estatal... al referirse a la significación del proceso de licitación que se viene realizando para la adjudicación de las 10 áreas con potenciales reservas de crudos livianos y medianos"
14 Economía Hoy, 25 de enero de 1996, pág. 10.
De esta manera el dirigente petrolero quitó el tenue velo que ocultaba púdicamente la realidad en cuanto a la orientación de la actual política petrolera venezolana. Dejó claro, de paso, que ahora serían ellos -los gerentes petroleros, y sus clientes, representados en aquel selecto auditorio de VenAmCham- quienes tendrían el poder para decidir sobre el destino de lo que antes había sido definido como patrimonio colectivo de los venezolanos. En consecuencia, el flamígero heraldo del fin de la historia dictaminó que el sueño nacionalizador había terminado... para gloria eterna del negocio globalizado.
Se trata de la revancha definitiva del poder petrolero, que ha visto llegada la hora de acabar de una vez por todas con los sueños populistas y socialistoides que todavía obstaculizan la integración del país en el escenario mundial unipolar, donde se impone a los pequeños el "libre mercado" de las transnacionales y las grandes naciones, aquéllas que fundamentan su poderío económico y político precisamente en la disposición de mercados externos irrestrictamente abiertos y el resguardo proteccionista de sus economías domésticas.
"La apertura petrolera forma parte de una estrategia internacional de apertura económica, que lideriza el capital transnacional, especialmente el de los Estados Unidos de Norteamérica, en la búsqueda de un reacomodo de las grandes potencias económicas mundiales para optimizar su tasa de ganancia en el mercado internacional. Esta situación, que se inscribe dentro de una política de globalización, tiende a reducir el papel de los Estados del llamado tercer mundo dentro del proceso económico, y muy especialmente, el rol de los Estados productores de petróleo puesto que serán éstos quienes apuntalarán las demandas y necesidades energéticas de los países industrializados. A nivel nacional esta estrategia capitalista pretende en Venezuela, dedicarse a la fase más rentable de la industria petrolera (la explotación) y aun mucho más: la explotación de los crudos livianos y medianos que requieren de proceso de refinación menos sofisticados que los crudos pesados."
15 Alejandro Padrón, "El reto de la apertura petrolera y el papel del Estado". Ponencia presentada en el Ciclo de Foros Juicio Sobre la Apertura Petrolera. UCV, 18 al 27 de julio de 1995.
Estas circunstancias se pueden identificar claramente en el proceso que estudiamos y tienen su expresión en la versión "comunicacional" corporativa, según la cual:
"Es necesario entender, que la Nacionalización no es ni puede ser una condición estática, sino un proceso dinámico. El acto, el 1° de enero de 1976, de traspaso de las operaciones petroleras a manos venezolanas, fue sin duda un acto nacionalizador Pero pretender trasladar las condiciones de aquel entonces a las realidades de hoy, sería meternos en una especie de callejón de autarquía, ubicándonos al margen de las oportunidades que nos ofrecen las tendencias de globalización."
16 Luis Giusti, "Mitos y realidades de la apertura petrolera venezolana", El Universal, 7 de marzo de 1995, pág. 2-2.
De allí que la proclamada apertura no resulte ser sino un nuevo escalón, otra vuelta de la rosca, en un proceso que se inició simultánea y paradójicamente con la "nacionalización". Ese proceso, ya se avizora, continuará con la minimización y autocastración de la empresa petrolera estatal y la vuelta a un régimen concesionario en condiciones peores a las prevalecientes en los tiempos de Juan Vicente Gómez.
"...en la proposición actual del Ejecutivo Nacional de licitar diez áreas exploratorias, de una extensión 'típica de unos dosmil kilómetros cuadrados' , aunque suman un total de 17,6 mil km², no se prevé ni el pago de un bono, ni la reversión de tierras valorizadas por la actividad exploratoria de las contratistas (o 'inversionistas' como se denominan). Además de extenderse el período de exploración a nueve años, en ningún momento se definen lotes de explotación. A las contratistas se les concede la explotación de los yacimientos, hecho sin precedente en nuestra legislación".
17 Bernard Mommer, Política Petrolera de Apertura, Informe a la Comisión Permanente de Energía y Minas de la Cámara de Diputados. 30 de enero de 1995. Mimeografiado.
En efecto, desde 1920, con la promulgación de la primera Ley de Hidrocarburos, se estableció que una concesión era un lote definido -diez mil hectáreas o 100 km² según la nueva unidad de superficie que utiliza PDVSA- sobre el cual se realizaría, durante sólo tres años, una labor exploratoria, al cabo de la cual se repartirían 10 parcelas de explotación -de 500 has. cada una- en la mitad de su superficie, intercaladas con las 10 parcelas de reserva nacional, tal como en un tablero de ajedrez las blancas y las negras.
El Dr. Mommer realizó en el trabajo referido el primer y más completo análisis crítico comparativo del esquema de ganancias compartidas con los instrumentos concesionarios y de contratos de servicios establecidos en nuestra legislación. Mommer demuestra cómo el sistema adoptado para instrumentar la política de apertura es un engendro concebido a espaldas de toda nuestra tradición jurídica y política en materia petrolera:
Ya sean concesiones, contratos de servicio o convenios de asociación, ninguna figura contractual petrolera conocida otorga tantas ventajas al socio extranjero y retrocede tanto en las conquistas históricas en esa materia, satisfaciendo, a priori, las aspiraciones máximas del capital transnacional.
La consideración fundamental que debe tenerse en cuenta para el análisis de estas circunstancia es la de que se trata de un problema político, de un problema de relaciones de poder, en el cual una peculiar agrupación, integrada por factores privados nacionales y extranjeros vinculados al negocio petrolero y cúpulas gerenciales de la empresa pública, ha logrado imponer como verdades indiscutidas un conjunto de postulados que mezclan circunstancias objetivas con una carga considerable de falacia.
Dichos postulados forman parte de un programa definido, que tiene como nortes la expansión constante del negocio petrolero -independientemente de la pertinencia macroeconómica y rendimiento fiscal de esa expansión- y la creciente privatización de las actividades primarias y fundamentales de esa industria.
En verdad, en el Acuerdo del Congreso Nacional que autoriza la suscripción de los convenios de exploración y explotación de áreas nuevas bajo el esquema de ganancias compartidas se ha materializado la voluntad política de quienes consideran que el petróleo es la única salvación del país, y que la expansión de ese negocio, dinamizará al resto de la economía nacional. Aun cuando esa expansión se haga a costa de sacrificar logros y principios anticuados -rentistas, estatistas o socializantes- tales como los de maximización de la participación fiscal y control soberano del Estado sobre el recurso y su industria.
Por el contrario, ese sacrificio será expresión de liberalización y progreso institucional, por cuya virtud se volcarán sobre el país flujos masivos de inversión extranjera, los cuales inmediatamente harán positivos los saldos de nuestra balanza de pagos, detendrán la caída del bolívar, generarán empleo y serán el detonante de una reactivación generalizada de nuestra economía. Los poderosos efectos multiplicadores serían tales, que el país se convertiría en destino privilegiado para capitales de inversión en otras ramas y hasta sería posible que retornaran los centenares de miles de millones de dólares depositados en el exterior por los beneficiarios criollos de la anterior bonanza petrolera.
El escenario óptimo de esta concepción es el de una privatización completa de las actividades petroleras, para permitir la convergencia competitiva en todas ellas de los capitales nacionales y extranjeros que quieran hacerlo. La participación nacional no se centraría en una exagerada presión fiscal, pues ello reeditaría el modelo rentista, sino en la multiplicación de actividades productivas que se generarían. Tal proceso podría iniciarse con un reparto del capital accionario de PDVSA entre todos los venezolanos, tal como lo fundamenta otro de los ideólogos del poder petrolero:
“Al no resolver las diferencias entre Estado y nación, le dejará al Estado la propiedad de los yacimientos petroleros cuando éstos deberían ser propiedad de la nación. Es decir, de todos nosotros. El Estado es su ente regulador, mas no su dueño.”
“Mientras no entendamos que el Estado es parte de nosotros, pero no es todos nosotros, y que todos nosotros somos la Nación, seguiremos leyendo declaraciones como la de la UCV en relación con la apertura petrolera, en la cual se sugiere que todo lo que reste propiedad al Estado sobre la industria petrolera es ‘desnacionalizador’, así esa propiedad o parte de ella pase formalmente a manos venezolanas.”
18 Alberto Quirós Corradi, “XX Aniversario, PDVSA en la encrucijada”. El Universal, 14 de septiembre de 1995. Pág. 2-2.
Se propone entonces, en nombre de la “nacionalización”, la desestatización, pues la Nación somos todos y cada uno de los venezolanos. Así, la empresa y su patrimonio dejarían de ser estatales. Lo colectivo se haría privado y las fuerzas del mercado harían el resto: asignarían, de la manera más eficiente, las mayores tajadas a los más capaces. Un poco más tarde en términos históricos, centenares de millones de ciudadanos de esa “Nación que somos todos”, descendientes aún no nacidos de los veintitantos millones de perdedores de hoy, se encontrarán conque alguna vez en el pasado fueron despojados de una herencia descomunal.
Tales son la leyes del capitalismo, y con mayor razón, en el estadio salvaje en el que el mismo se encuentra en Venezuela. Pero, mientras eso sucede, el país se desarrollaría, desaparecerían la inflación y los desajustes macroeconómicos. Los venezolanos habrían sembrado, por fin, su petróleo... ¡Claro! Será inevitable que los que tengan más saliva traguen más harina.
Ese escenario -el "propio" sueño americano- tiene rápida aceptación y adquiere rango de esperanza nacional para salir de la crisis, porque la opinión pública venezolana ha venido siendo modelada por los medios de comunicación masiva para aceptar como excelentes todos los emprendimientos del poder petrolero. Como ya dijéramos, se trata de una verdad petrolera, un sentido común petrolero, insuflado en el consciente, el subconsciente y el inconsciente de los venezolanos, plagado de falacias y verdades a medias.
19 El tema de la Verdad Petrolera es desarrollado con más detalles en El Poder Petrolero y la Economía Venezolana. Mendoza P. , CDCH-UCV, Caracas 1995.
Es, pues, ineludible la tarea de remontar la cuesta de la desinformación, del palangre y las imágenes corporativas con las cuales nos quieren hipnotizar los medios y la gerencia transnacionalizada de PDVSA. Para ello, debemos comenzar por las más simples definiciones y algunos recordatorios de la historia reciente de nuestra política petrolera.
En primer lugar sobre el término apertura: ¿qué es lo que se quiere abrir? ¿qué es lo que estaba cerrado?
La primera aproximación a esa definición ha sido expuesta por varios analistas (Alvaro Silva Calderón, Luis Vallenilla, Alberto Quirós Corradi, entre otros) en el sentido de que se trata de abrir lo que cerró la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos: la participación del capital privado en las actividades de exploración, producción, refinación y mercadeo de los hidrocarburos en el territorio nacional.
Por su parte, PDVSA misma reconoce, diáfanamente, que la apertura ha sido una estrategia largamente madurada, pensando en la expansión del negocio y el aumento de la participación del capital transnacional:
En primer lugar sobre el término apertura: ¿qué es lo que se quiere abrir? ¿qué es lo que estaba cerrado?
La primera aproximación a esa definición ha sido expuesta por varios analistas (Alvaro Silva Calderón, Luis Vallenilla, Alberto Quirós Corradi, entre otros) en el sentido de que se trata de abrir lo que cerró la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos: la participación del capital privado en las actividades de exploración, producción, refinación y mercadeo de los hidrocarburos en el territorio nacional.
Por su parte, PDVSA misma reconoce, diáfanamente, que la apertura ha sido una estrategia largamente madurada, pensando en la expansión del negocio y el aumento de la participación del capital transnacional:
"A comienzos de los ochenta, Petróleos de Venezuela identificó la conveniencia de adelantar una estrategia de internacionalización...
Como complemento natural de esa estrategia, a comienzos de esta década, se inicia el proceso de apertura del negocio petrolero en nuestro país. En respuesta a lineamientos del Ejecutivo Nacional, PDVSA emprende la búsqueda de fórmulas de participación del sector privado en todos sus segmentos de negocio. Esta apertura ha originado convenios operativos para la reactivación de campos de producción, asociaciones estratégicas para producir crudos de la Faja del Orinoco y explotar gas costa afuera, y sociedades para el desarrollo de Orimulsión®, a los cuales se suman otros esfuerzos de asociación con capital privado que se han venido adelantando en las áreas de petroquímica, carbón y suministro de servicios industriales."
20 PDVSA, "La Apertura", en Enfoque Corporativo N° 31, junio de 1995.
Y, finalmente, así lo confirma el Presidente de PDVSA en reciente entrevista:
...“La apertura es un proceso que comienza en el país hace más de diez años, y que probablemente continúe con otros programas, todos ellos encausados dentro de una estrategia, cuyo objetivo es, fundamentalmente, expandir, fortalecer y diversificar el negocio petrolero, abriendo espacios para la participación del capital, la tecnología y el mercado controlado por el sector privado externo”.
21 Luis Giusti “La apertura generará inversiones por $ 11.000 millones en 7 años”. El Universal, 15 de enero de 1996, pág. 1-2.
Con estas definiciones se caracteriza, en verdad, parte del proceso aperturista, su concreción última, pero se deja de lado al proceso mismo. En este aspecto, compartimos más bien la opinión de Gastón Parra Luzardo:
A lo largo de estas dos décadas, el poder petrolero, ejercido ahora por PDVSA, creada por decreto del Ejecutivo Nacional el 30 de agosto de 1975, ha venido desarrollando y puesto en práctica toda una política dirigida a profundizar, de manera progresiva, el proceso de privatización de la industria petrolera.
22 Gastón Parra Luzardo, De la Nacionalización a la Apertura. Derrumbe de una Esperanza. CEELA LUZ, Maracaibo 1995. El Dr. D.F. Maza Zavala, comentando el libro de Parra Luzardo sostiene pertinentemente, que "El artículo 5° preanunciaba, hace 20 años, la llamada apertura petrolera, ahora de actualidad. El 22 del mes en curso se conocerán las transnacionales que explotarán 10 nuevos campos mediante el sistema de beneficios compartidos"."Veinte años después", El Nacional, 10 de enero de 1996, pág. A-4.
Porque, a nuestra manera de ver, se trata de una etapa más dentro de un curso de política de largo aliento, cuyos primeros determinantes se manifestaron hace más de 35 años. Aunque pueda parecer exagerado, tal es la perspectiva que debemos tomar para analizar el bosque de la política petrolera venezolana y no perdernos en el follaje de los megaproyectos.
23 Esa ha sido siempre característica fundamental del comportamiento político del capital petrolero: planificación sobre una base global y a muy largo plazo, mucho más allá de las narices de los ignaros políticos de los países donde le toca moverse.
Las limitaciones de espacio nos impiden transcribir completamente la demostración de este aserto. En su defecto, nuevamente remitimos al lector al trabajo ya citado en la nota N° 12, y el cual venimos glosando. Como resumen, diremos que esa demostración se centra en el análisis de la política petrolera venezolana e internacional entre 1959 y 1975 y en cómo el “adelanto de la reversión” que se produjo en este último año no fue más que el resultado de una composición de fuerzas nacionales e internacionales que lograron, como siempre, convertir una consigna nacionalista en el mejor camino para fortalecer la presencia del gran capital transnacional en las fases más rentables del negocio petrolero venezolano.
Es así como se inician, en 1975, las negociaciones trascorrales que, con el nombre de "avenimiento", dieron luz verde al adelanto de la reversión y garantizaron a las concesionarias jugosas indemnizaciones sobre activos largamente depreciados, contratos de asistencia técnica y comercialización mediante los cuales se les remuneró con creces su tan reclamado, cuan inmerecido, lucro cesante y permanencia en todos los emprendimientos de sus antiguas filiales, ahora "operadoras" nacionalizadas.
24 Maza Zavala, D.F.; Parra Luzardo, Gastón; Mieres, Francisco; Mendoza P., Carlos, Incidencia de los contratos de tecnología y comercialización en el rumbo de la industria petrolera nac0ionalizada. Caracas 1977, mimeografiado.
Comenzó a funcionar así el conocido esquema umbilical Shell-Maraven, Exxon-Lagoven, Mobil-Llanoven, Gulf-Meneven y así sucesivamente, que se manifestó de manera expresa, además de los referidos contratos, en los programas de cambio de patrón de refinación y en los "megaproyectos" de la Faja del Orinoco. Las corporaciones habían accedido, por estas nuevas vías, a zonas que antes les estaban vedadas por encontrarse limitadas a las fronteras de sus parcelas concesionarias.
De tal suerte que, cosas veredes, Sancho amigo, la apertura se inicia en Venezuela con la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos. Y justamente, los contratos de Asistencia Técnica y Comercialización constituyen el primer eslabón de esa apertura, que continúa y profundiza la participación transnacional en el negocio petrolero venezolano.
Atrincheradas en el privilegiado papel de asesoras tecnológicas (convidadas permanentes en todas las actividades de sus antiguas filiales) y comercializadoras de la producción exportable de crudos y derivados, las más poderosas de las antiguas concesionarias se mantuvieron a la espera de su reinserción como protagonistas directas en las operaciones petroleras venezolanas. El atajo lo constituyen los contratos de servicios y empresas mixtas que permite el Artículo Quinto de la mencionada Ley, y las primeras excusas se buscan en la complejidad tecnológica implícita en el desarrollo de los crudos de la Faja, en la posibilidad de reactivar difíciles campos marginales y la explotación del gas no asociado costa afuera de Paria.
Así pues, los rostros desafiantes y las demostraciones de alegría de los petroleros nativos, en los días triunfales de la ronda licitatoria de las diez áreas en referencia, contrastan con el hecho nada enorgullecedor de que ése es y será el resultado de haber aceptado, de antemano, las aspiraciones máxi¬mas de los potenciales socios. Y que los aparentemente suculentos bonos son apenas unas vergonzosas migajas que podrán ser recuperadas -de acuerdo con las propias estimaciones preliminares de reservas en cada lote- en uno o dos meses de una producción sobre la cual las nuevas concesionarias tendrán el control por casi cuarenta años.
Tal nivel de complacencia, inadmisible en una negociación donde estaba en juego el mayor patrimonio colectivo de los venezolanos, nos lleva a colegir, con serio fundamento, que los autores de esta propuesta simplemente se adscribieron, sin ninguna resistencia, a términos establecidos por intereses extranjeros ; tal cual como hicieron los negociadores oficiales en los 14 contratos de asistencia técnica suscritos en 1975 y tal como corresponde a la ya larga tradición cipaya de las élites hegemónicas de este desguarnecido país.
La realidad fundamental que pretenden eludir los gerentes petroleros es la de la propiedad del Estado sobre los recursos de hidrocarburos, y los derechos que como propietario le corresponden. Pese a la anómala condición de compañía anónima que se le confirió a PDVSA, (25) F sus ejecutivos no son otra cosa -aunque les pese- que funcionarios públicos y, en tanto que tales, ejecutores de la política estatal, de la política de los propietarios, en la gestión de esa industria.
25 Figura establecida precisamente para garantizar la intangibilidad de los sueldos devengados por los antiguos hombres de confianza de las transnacionales, quienes amenazaban con irse al exterior si se los ubicaba dentro de las modestas escalas de remuneración vigentes en la administración pública.
PVSA no es una empresa que deba buscar cobijo en FEDECAMARAS o en VenAmCham : es una empresa estatal. Parecería una verdad de Pero Grullo, pero éste es uno de los problemas mas delicados que se le plantean al país en materia de política petrolera..
Las prioridades de los gerentes de PDVSA se orientan según los intereses de sus clientes, socios internacionales, proveedores y contratistas; con los cuales no tienen secretos. y con cuyo concurso planifican estrategias para enfrentar las políticas y orientaciones estatales. Por eso mismo, recelan de los poderes públicos, esconden información a sus legítimos contralores y reniegan de su condición estatal. En su visión corporativa lo importante es la expansión del negocio, aún al precio de minimizar los dividendos a repartir entre los propietarios. Como queda más que demostrado, el más importante foco generador de tendencias privatistas en la industria petrolera nacional se encuentra en esas cúpulas gerenciales.
En efecto, durante todos los años de existencia de PDVSA, los esfuerzos de su gerencia transnacional han estado enfrentados al más acendrado interés nacional: bajar la participación fiscal, boicotear a la OPEP, hacer descuentos a los "clientes tradicionales" y a "nuestras filiales en el exterior", fomentar negocios inviables para la Nación pero lucrativos para el capital privado.
La política de expansión a todo trance de la producción es característica. No importa si en esa expansión se violan normas técnicas, con lo cual se acelera el agotamiento de los yacimientos, no importa si esa expansión va a sobrealimentar a un mercado estructuralmente saturado y a convertirse en factor de debilitamiento de los precios reales, no importa violar los topes asumidos en el seno de la OPEP -en realidad, es lo que menos importa. No importa si crecen los costos y las posiciones competitivas del país a mediano plazo se comprometen. No importa si, para garantizar esa expansión se ofrecen condiciones exageradamente generosas al capital petrolero internacional, en desmedro de la participación nacional. Lo único que importa es que florezcan los negocios que alimentan el poder y las fortunas de los particulares y las corporaciones que los proponen y ejecutan.
Aclaremos, de paso, que no nos estamos refiriendo a las pequeñas raterías -aquéllas que hoy pueden llegar hasta las decenas y centenas de millones de bolívares- que se denuncian en los niveles operativos intermedios, de contratación y supervisión de proyectos, servicios, asesorías, construcciones civiles, donde ha comenzado a institucionalizarse el "¿Cuánto hay pa'eso?", Quirós dixit. A diferencia de nuestro citado, nos referimos a fiascos nacionales donde si está involucrada la alta gerencia de PDVSA.
26 A. Quirós, Loc. Cit.
Desde el punto de vista estrictamente político, en todos estos veinte años, las fuerzas de la apertura transnacional han tenido como gran acierto la imposición, a la sociedad venezolana, de su visión corporativa -la "verdad petrolera"- como axioma incontrovertible. Uno de los principales pilares del imperio de esta visión acrítica y deformada de la realidad lo constituyó el pacto de los máximos líderes de AD y Copei, Rómulo Betancourt y Rafael Caldera, para sacar al petróleo del debate político.
De tal manera, en nombre de la importancia para el país de la actividad petrolera, de la necesidad de alejarla de la politiquería y el clientelismo partidista, se permitió que la más antinacional de las políticas, la de las transnacionales y las mafias aprovechadoras, se apoderara de ella.
Por otro lado, en nombre de la meritocracia, se ha permitido el enquistamiento de una dinastía gerencial que reproduce su filosofía y patrones de conducta antinacionales, a través de un sistema de premios y castigos que privilegia la incondicionalidad y el acriticismo y crea una verdadera cadena de complicidades y favoritismos dignos del mas rancio régimen feudal. (Como lo farfullan entre dientes muchas de sus víctimas, bajo la campana de Gauss de las evaluaciones anuales se produce toda suerte de injusticias, humillaciones y pasos de Horcas Caudinas.)
La camarilla gerencial petrolera, escudada en la condición de compañía anónima atribuida a PDVSA y arguyendo que se manejan asuntos de alta confidencialidad y complejidad técnica, ha convertido en coto cerrado el proceso de toma de decisiones estratégicas que comprometen al recurso fundamental de la Nación. El ámbito de discusión de estos temas se ha restringido a esa cúpula y a sus asesores externos, con el libre albedrío que les otorga el premeditado desmantelamiento del órgano legal para la fijación de las políticas aplicables al sector.
Los poderes públicos nacionales, y en particular el Congreso Nacional, consumen mucho de su tiempo discutiendo, por ejemplo, el déficit fiscal o la asignación del presupuesto nacional. Pero lo hacen a partir de datos sobre cuya génesis no tienen ninguna posibilidad de modificación. Es decir, "planifican" a partir de parámetros que son fijados de manera independiente por los petroleros. Tal como lo haría un joven con la mesada asignada por su padre: a veces protestando su insuficiencia, pero sin poder ir más allá, por desconocer los factores determinantes de tal nivel de asignación.
Es en este ambiente de ignorancia y complicidad como se ha constituido, en torno al petróleo, el mayor centro de desviación de los bienes públicos hacia privilegiadas alforjas. Que no hay RECADI, ni banquero corrupto, ni beneficiario irregular del financiamiento estatal, que alcance siquiera a un punto porcentual de las perversas cumbres de enriquecimiento privado, nacional y extranjero, generadas por el poder petrolero. Tal es el trasfondo de esa vieja política que reaparece cada mañana con un nuevo nombre o moda. Ahora es el turno de la apertura y dentro de muy pronto -ya está en camino- será el de la privatización de PDVSA.
Es así como hemos llegado a tener, supuestamente, la segunda empresa petrolera a nivel mundial y, al mismo tiempo, cinco sextas partes de la población venezolana colocada entre los estratos de necesidades básicas insatisfechas, pobreza crítica y miseria extrema.
Es así, también, como en 1995, un negocio que movilizó 27.261 millones de dólares en sus operaciones nacionales e internacionales, y alcanzó las cifras máximas en producción de crudo y refinación en 20 años, reportó la mínima participación fiscal en ese mismo lapso, de 4.954 millones de dólares y retuvo para sí ganancias netas máximas, incurriendo, desde luego, en cifras máximas de costos e inversiones. Considérese, en contraposición, las cifras de 1976, cuando con ingresos de apenas 9 mil millones se generaba una participación fiscal de 7 mil millones.
Y la responsabilidad de que éstas y todas las ya expuestas tropelías aperturistas sucedan impunemente, aunque en gran parte puede atribuirse al pacto "institucional" que tendió un manto cómplice sobre esas actividades irregulares, alcanza también a la voluntaria incultura petrolera de casi toda la dirigencia política y económica del país y a la inercia de sus Universidades, que las llevó a dejarse imponer una emasculación de su capacidad analítica y crítica en esta materia, con la eliminación de las cátedras de Economía Petrolera y que ahora las hace proclives al mutismo cómplice y a la cacería de disidentes, aquéllos que con su lunática prédica ponen en riesgo la entrega de los tres campos petroleros que, a manera de soborno, les está ofreciendo el Poder Petrolero.
La sustitución del análisis por la fe proviene en mucho del abandono por las fuerzas políticas populares, por las Universidades y por los medios de la cuestión petrolera nacional, luego de la nacionalización, en la creencia ingenua de que con ella todo estaba resuelto, porque supuestamente "el petróleo estaba en buenas manos". Con alivio, los nacionalistas cerraron los libros y se echaron a dormir. Así dejaron al "caballo de Troya" en PDVSA actuar a sus anchas. Ahora Ministros, congresantes, dirigentes, profesores se sienten sorprendidos, perplejos, aún semidormidos. Su reacción es de desaliento y derrotismo.
La crisis nacional exige a los poderes públicos, y a las colectividades políticas que pretenden encarnar la voluntad popular, una asunción plena de sus responsabilidades en esta materia. Ello pasa por tomar una decisión política de amplias repercusiones, que afectaría a otros poderes constituidos y que sería duramente combatida.
El caso lamentable es que en la actualidad el país no cuenta con un liderazgo político capaz de emprender semejante tarea. Debemos empezar a construirlo. Y el primer paso en ese camino es delinear una política alternativa a la que se ha impuesto en los últimos veinte años.
La política petrolera venezolana debe formularse claramente a nivel Estatal, es decir, debe ser establecida con la participación de todos los poderes públicos. La justificación es doble: La primera se refiere a que, cualesquiera sean los titulares de la propiedad sobre los recursos del subsuelo y los activos de esa industria, el Estado está en la obligación, claramente establecida en la Constitución y las leyes, de controlar, regular y fiscalizar a una actividad productiva que se desarrolla en su territorio. La segunda se refiere a esa condición actual que puede revertirse en el tiempo, pero mientras exista debe ser ejercida plenamente y sin complejos: el Estado es el propietario de los recursos y de la industria erigida para su explotación.
En el plano técnico-operativo de esa reivindicación, es necesario desmontar las bases de desinformación sobre las cuales se fundamenta la "verdad petrolera". Se hace necesario, por tanto, recabar toda la información disponible y contrastarla con las presentaciones voluntariamente sesgadas que se hacen de la misma. Hay que hacer evidentes los detalles que se ocultan detrás de las prácticas de agregación de las cifras. Analizar cada negocio, cada sector de actividad, de manera de establecer la eficiencia particular de cada uno de ellos.
La situación conforma un serio problema político que sólo puede ser encarado teniendo todos los ases en la mano: Información certera y precisa como instrumento fundamental para la sustentación de una voluntad política y búsqueda de un apropiado nivel de consenso en torno a las propuestas concretas..
Por lo demás, esa política petrolera, en tanto que política reivindicadora de los vulnerados derechos de los propietarios colectivos, debe ser también el producto de una amplia consulta en todos los estamentos de la sociedad. Para ello, deben tener participación cierta en su formulación todas las organizaciones representativas que no lo hacen directamente en los poderes públicos centrales, como la CTV, FEDECAMARAS, gremios profesionales, universidades, corporaciones de desarrollo regional, estados y municipios, sin olvidar, desde luego, a las Fuerzas Armadas. .
De tal manera, en nombre de la importancia para el país de la actividad petrolera, de la necesidad de alejarla de la politiquería y el clientelismo partidista, se permitió que la más antinacional de las políticas, la de las transnacionales y las mafias aprovechadoras, se apoderara de ella.
Por otro lado, en nombre de la meritocracia, se ha permitido el enquistamiento de una dinastía gerencial que reproduce su filosofía y patrones de conducta antinacionales, a través de un sistema de premios y castigos que privilegia la incondicionalidad y el acriticismo y crea una verdadera cadena de complicidades y favoritismos dignos del mas rancio régimen feudal. (Como lo farfullan entre dientes muchas de sus víctimas, bajo la campana de Gauss de las evaluaciones anuales se produce toda suerte de injusticias, humillaciones y pasos de Horcas Caudinas.)
La camarilla gerencial petrolera, escudada en la condición de compañía anónima atribuida a PDVSA y arguyendo que se manejan asuntos de alta confidencialidad y complejidad técnica, ha convertido en coto cerrado el proceso de toma de decisiones estratégicas que comprometen al recurso fundamental de la Nación. El ámbito de discusión de estos temas se ha restringido a esa cúpula y a sus asesores externos, con el libre albedrío que les otorga el premeditado desmantelamiento del órgano legal para la fijación de las políticas aplicables al sector.
Los poderes públicos nacionales, y en particular el Congreso Nacional, consumen mucho de su tiempo discutiendo, por ejemplo, el déficit fiscal o la asignación del presupuesto nacional. Pero lo hacen a partir de datos sobre cuya génesis no tienen ninguna posibilidad de modificación. Es decir, "planifican" a partir de parámetros que son fijados de manera independiente por los petroleros. Tal como lo haría un joven con la mesada asignada por su padre: a veces protestando su insuficiencia, pero sin poder ir más allá, por desconocer los factores determinantes de tal nivel de asignación.
Es en este ambiente de ignorancia y complicidad como se ha constituido, en torno al petróleo, el mayor centro de desviación de los bienes públicos hacia privilegiadas alforjas. Que no hay RECADI, ni banquero corrupto, ni beneficiario irregular del financiamiento estatal, que alcance siquiera a un punto porcentual de las perversas cumbres de enriquecimiento privado, nacional y extranjero, generadas por el poder petrolero. Tal es el trasfondo de esa vieja política que reaparece cada mañana con un nuevo nombre o moda. Ahora es el turno de la apertura y dentro de muy pronto -ya está en camino- será el de la privatización de PDVSA.
Es así como hemos llegado a tener, supuestamente, la segunda empresa petrolera a nivel mundial y, al mismo tiempo, cinco sextas partes de la población venezolana colocada entre los estratos de necesidades básicas insatisfechas, pobreza crítica y miseria extrema.
Es así, también, como en 1995, un negocio que movilizó 27.261 millones de dólares en sus operaciones nacionales e internacionales, y alcanzó las cifras máximas en producción de crudo y refinación en 20 años, reportó la mínima participación fiscal en ese mismo lapso, de 4.954 millones de dólares y retuvo para sí ganancias netas máximas, incurriendo, desde luego, en cifras máximas de costos e inversiones. Considérese, en contraposición, las cifras de 1976, cuando con ingresos de apenas 9 mil millones se generaba una participación fiscal de 7 mil millones.
Y la responsabilidad de que éstas y todas las ya expuestas tropelías aperturistas sucedan impunemente, aunque en gran parte puede atribuirse al pacto "institucional" que tendió un manto cómplice sobre esas actividades irregulares, alcanza también a la voluntaria incultura petrolera de casi toda la dirigencia política y económica del país y a la inercia de sus Universidades, que las llevó a dejarse imponer una emasculación de su capacidad analítica y crítica en esta materia, con la eliminación de las cátedras de Economía Petrolera y que ahora las hace proclives al mutismo cómplice y a la cacería de disidentes, aquéllos que con su lunática prédica ponen en riesgo la entrega de los tres campos petroleros que, a manera de soborno, les está ofreciendo el Poder Petrolero.
La sustitución del análisis por la fe proviene en mucho del abandono por las fuerzas políticas populares, por las Universidades y por los medios de la cuestión petrolera nacional, luego de la nacionalización, en la creencia ingenua de que con ella todo estaba resuelto, porque supuestamente "el petróleo estaba en buenas manos". Con alivio, los nacionalistas cerraron los libros y se echaron a dormir. Así dejaron al "caballo de Troya" en PDVSA actuar a sus anchas. Ahora Ministros, congresantes, dirigentes, profesores se sienten sorprendidos, perplejos, aún semidormidos. Su reacción es de desaliento y derrotismo.
27 Francisco Mieres, Loc. Cit.
La crisis nacional exige a los poderes públicos, y a las colectividades políticas que pretenden encarnar la voluntad popular, una asunción plena de sus responsabilidades en esta materia. Ello pasa por tomar una decisión política de amplias repercusiones, que afectaría a otros poderes constituidos y que sería duramente combatida.
El caso lamentable es que en la actualidad el país no cuenta con un liderazgo político capaz de emprender semejante tarea. Debemos empezar a construirlo. Y el primer paso en ese camino es delinear una política alternativa a la que se ha impuesto en los últimos veinte años.
La política petrolera venezolana debe formularse claramente a nivel Estatal, es decir, debe ser establecida con la participación de todos los poderes públicos. La justificación es doble: La primera se refiere a que, cualesquiera sean los titulares de la propiedad sobre los recursos del subsuelo y los activos de esa industria, el Estado está en la obligación, claramente establecida en la Constitución y las leyes, de controlar, regular y fiscalizar a una actividad productiva que se desarrolla en su territorio. La segunda se refiere a esa condición actual que puede revertirse en el tiempo, pero mientras exista debe ser ejercida plenamente y sin complejos: el Estado es el propietario de los recursos y de la industria erigida para su explotación.
En el plano técnico-operativo de esa reivindicación, es necesario desmontar las bases de desinformación sobre las cuales se fundamenta la "verdad petrolera". Se hace necesario, por tanto, recabar toda la información disponible y contrastarla con las presentaciones voluntariamente sesgadas que se hacen de la misma. Hay que hacer evidentes los detalles que se ocultan detrás de las prácticas de agregación de las cifras. Analizar cada negocio, cada sector de actividad, de manera de establecer la eficiencia particular de cada uno de ellos.
La situación conforma un serio problema político que sólo puede ser encarado teniendo todos los ases en la mano: Información certera y precisa como instrumento fundamental para la sustentación de una voluntad política y búsqueda de un apropiado nivel de consenso en torno a las propuestas concretas..
Por lo demás, esa política petrolera, en tanto que política reivindicadora de los vulnerados derechos de los propietarios colectivos, debe ser también el producto de una amplia consulta en todos los estamentos de la sociedad. Para ello, deben tener participación cierta en su formulación todas las organizaciones representativas que no lo hacen directamente en los poderes públicos centrales, como la CTV, FEDECAMARAS, gremios profesionales, universidades, corporaciones de desarrollo regional, estados y municipios, sin olvidar, desde luego, a las Fuerzas Armadas. .
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